La actual legislación estipula que una norma electoral entrará en efecto siempre y cuando se apruebe un año antes de la fecha de los comicios. Tomando en cuenta que la primera vuelta siempre se lleva a cabo el segundo domingo de abril, el nuevo Congreso solo tiene un mes para corregir cualquier tema aplicable para el 2021.
Se evalúa la posibilidad de aprobar una disposición extraordinaria para reducir ese plazo de intangibilidad a nueve o seis meses. El problema está en que el nuevo Parlamento aún no tiene fecha de instalación y tendrá que definir cuándo se instalan las comisiones para elaborar un texto que sea aprobado en el pleno. Un proceso que también tomará tiempo.
—A la deriva—
La comisión de alto nivel presidida por Fernando Tuesta presentó un paquete de 12 proyectos de ley sobre reforma política. El gobierno de Martín Vizcarra solo planteó cuestión de confianza por la mitad de estos. Los seis fueron aprobados por el Congreso, pero dos de ellos aún requieren una segunda votación pues son reformas constitucionales: el impedimento para postular de aquellos que tengan sentencia firme en primera instancia y la inmunidad parlamentaria.
“El impedimento de las candidaturas de aquellos con sentencia en primera instancia espera su aprobación para aplicarse en el 2021. En el caso de la inmunidad, esperamos que la rechacen, pues lo aprobado en el Congreso disuelto cambió la propuesta original que planteaba a la Corte Suprema como la encargada de decidir sobre el fuero legislativo”, indicó Fernando Tuesta a El Comercio.
Existen otros vacíos que el nuevo Parlamento deberá corregir y definir lo más pronto posible. Uno de ellos tiene que ver con el voto en el extranjero. El pleno anterior desechó la propuesta de Tuesta para crear una circunscripción electoral especial y también se excluyó lo que ya estaba establecido: que los peruanos en el extranjero votaban por los candidatos de Lima.
Para los comicios extraordinarios, el Jurado Nacional de Elecciones decidió no aplicar las normas aprobadas de la reforma política, por lo que el voto en el extranjero se mantuvo. Ahora, la norma requiere ser corregida para las elecciones 2021.
Poco antes del cierre del Congreso, el titular del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, Fernando Rodríguez Pastor, se presentó ante la Comisión de Constitución y advirtió que en la antigua norma las firmas de adherentes eran revisadas por la ONPE (partidos) y el Reniec (movimientos regionales), pero que esto –al igual que lo del voto en el extranjero– también fue suprimido. “Nos encontramos en un vacío normativo [...]. Una agrupación política trae su padrón de afiliados y [ante ello queda] la imposibilidad de los organismos electorales de verificar la autenticidad de esas firmas”, afirmó.
Para Tuesta, otra corrección necesaria es la de las elecciones primarias. Una de las disposiciones de esta norma señala que los partidos que tenían inscripción al momento de aprobarse esta modificación podrían realizar comicios internos antes de las primarias en la elección del 2021. “Al final los jefes de los grupos políticos se ponen de acuerdo y presentan una lista única para ser ratificada o no en las primarias. Es un retroceso que solo los partidos nuevos tengan que hacer primarias directamente”, dijo Tuesta.
En esa misma línea, el politólogo advirtió que se debe eliminar el voto preferencial de manera taxativa. “El voto preferencial es para las primarias, y una vez constituidas se presenta una lista cerrada y bloqueada para los comicios generales”, apuntó.
—Sanciones por definir—
José Manuel Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, añadió que se deberá especificar qué pasará con los partidos que no logren adecuarse a la nueva norma que exige tener 24.800 afiliados. Tal como reveló El Comercio, solo 14 de los 24 inscritos cumplen con ese requisito a la fecha.
“Tienen hasta el 16 de abril para adecuarse, y recién el 14 de marzo se ha publicado el padrón con el número actual de afiliados de cada partido, en el que solo 14 llegan a la cifra. A algunos les faltan más de 20 mil afiliados, ¿de dónde los conseguirán en un solo mes?”, cuestionó Villalobos.
El JNE ha intentado salvar la situación dando una normativa de adecuación con un plazo de 90 días. La ley establece que, si no logran adecuarse, los partidos quedan suspendidos, pero no se especifica si es un proceso automático o si pueden apelar. “Al estar suspendidos se entiende que no pueden postular, y si no postulan se entiende que pierden su inscripción. Un partido podría alegar que no puede perder su inscripción porque no estaba obligado a participar, dada la suspensión. Es un gran vacío”, afirmó Villalobos.
Asimismo, el especialista en temas electorales refirió que se debe corregir la entrega de reportes de financiamiento. “Antes teníamos reportes en medio de la campaña, ahora se deben esperar 15 días después de los resultados para conocer a los aportantes. No se puede conocer a los aportantes del candidato Mijael Garrido Lecca, por ejemplo”, sostuvo Villalobos.
Y aunque no son normas que forman parte del paquete de la Comisión Tuesta, Villalobos recordó que el nuevo Congreso también debe definir la sanción a los candidatos que incumplan la prohibición de contratar publicidad en radio y televisión, así como aclarar la aplicación de las exclusiones que en el último proceso causaron controversia. Todo esto deberá verse en medio de una agenda que incluye el voto de investidura del Gabinete de Vicente Zeballos y la revisión de los decretos de urgencia.