Desde abril del 2019, fecha en la que el Octavo Juzgado de Familia de Lima del Poder Judicial (PJ) dictó medidas contra Daniel Mora tras la denuncia que presentó su esposa, Lilia Virginia Jaureguy Sanguineti, por maltrato físico y psicológico, dicha instancia no ha cumplido con remitir el expediente al Ministerio Público para que se inicie una investigación.
El Juzgado de Familia ordenó que el fundador del Partido Morado se someta a una terapia psicológica por tres meses en un centro de salud estatal, a efectos de controlar sus emociones e impulsos.
La resolución, emitida por la magistrada Yanina Olivia Díaz, el 9 de abril del 2019, dispuso además que, recabados los medios probatorios, sean remitidos a las fiscalías penales de turno para inicial el proceso contra Mora por violencia familiar.
Sin embargo, desde esa fecha hasta la actualidad, el Ministerio Público no ha recibido ninguna documentación sobre el caso.
Fuentes de dicha entidad informaron que el pasado 13 de enero, la coordinación de las Fiscalías de Familia de Lima se comunicó con el juzgado para conocer la situación del expediente, pero este aún no es enviado a su despacho.
-Exceso de carga procesal-
El mismo 13 de enero, según resolución judicial a la que accedió El Comercio, el juzgado dirigido por la juez Leidi Olivia Díaz recogió un informe expedido por su especialista en el que se indica que el expediente referido a Daniel Mora, “se encuentra pendiente de ser remitido a la Fiscalía, a fin de que actúe de acuerdo a sus atribuciones, tal como se ha ordenado mediante resolución”.
Según el especialista, existía un atraso de tres meses en el área de notificaciones y a ello se sumaba la falta de notificadores. Solo existía uno para todos los casos del despacho. Por ello, el 4 de octubre se designó a una segunda notificadora.
“En consecuencia a la fecha existe atraso en las notificaciones de esta secretaría y en la remisión de expedientes al Ministerio Público”, le informó el asistente de juzgado.
Por ello, se dispuso una vez más que el caso sea remitido a la Fiscalía. En la misma, se recomendó a los asistentes de notificación poner mayor celo en el ejercicio de sus funciones.
“Estando a que a la fecha no se ha remitido los actuados al Ministerio Público, tal y conforme se ordenó mediante resolución número uno, en consecuencia: CUMPLASE con remitir el expediente a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, bajo responsabilidad”, se indica.
Solicitamos información sobre el cumplimiento de esta última resolución, pero desde la Corte de Lima nos indicaron que la magistrada se encontraba en audiencia.