El pleno del Congreso aprobó el miércoles un proyecto de ley que propone modificar el Código Penal para prohibir suspensión de penas a agresores de mujeres. (Foto: Congreso de la República).
El pleno del Congreso aprobó el miércoles un proyecto de ley que propone modificar el Código Penal para prohibir suspensión de penas a agresores de mujeres. (Foto: Congreso de la República).

El Ejecutivo observó y envió de vuelta al la ley, aprobada por mayoría el pasado 2 de noviembre, que busca impedir que sentenciados por terrorismo, corrupción, violación sexual y narcotráfico postulen a cargos de elección popular.

El Oficio N°302-2017-PR, enviado ayer a la presidencia del Congreso, señala que la norma aprobada refiere que los impedimentos no aplicarán a las personas que reciban "indulto razonado o especial".

El documento, suscrito por el presidente Pedro Pablo Kuczynski () y de la primera ministra, Mercedes Aráoz; precisa que la Comisión de Gracias Presidenciales solo considera dos tipos de indulto: el ordinario y el humanitario.

“[En] el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales […] solo se regula dos categorías de indulto: uno que se podría denominar común u ordinario, y uno calificado como ‘humanitario’, sin atribuirle ningún adjetivo como ‘razonado’ o ‘especial’, tal como plantea la autógrafa”, se detalla en el oficio.

“Si se quiere aplicar una excepción a una regla general por categorías de este tipo, ello debería corresponder a las que expresamente prevé la norma vigente, siempre con nociones o conceptos que tengan alcances plenamente claros para garantizar la seguridad jurídica”, prosigue el escrito.

(Captura)
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Cabe señalar que, en un primer momento, el Proyecto de Ley N°616/2016-CR, iniciativa del parlamentario Héctor Becerril (Fuerza Popular), presentaba la prohibición solo para los ciudadanos con sentencia firme por terrorismo.

Sin embargo, durante un acalorado debate en el pleno del Congreso, se acordó recoger iniciativas de otras bancadas y se sumaron los delitos de corrupción, violación sexual y narcotráfico.

En ese contexto, también se acogió la propuesta del parlamentario oficialista  , quien solicitó que el impedimento no aplique para quienes reciban el “indulto razonado o especial”.

Tras la aprobación de la ley, De Belaunde explicó a El Comercio que el tipo de indulto razonado se da en caso de error judicial al momento de emitir una sentencia.

“Indulto razonado implica reconocer error judicial. O sea, la inocencia del indultado, de acuerdo a jurisprudencia del Tribunal Constitucional. [...] Implica emitir una norma especial ya sea para la Comisión de Gracias o para un caso específico”, explicó hace unas semanas De Belaunde.

Este Diario buscó comunicarse nuevamente con el congresista de Peruanos por el Kambio, pero no obtuvo respuesta.

Fuentes legislativas informaron que al interior de la bancada oficialista se discute la posibilidad de aprobar la norma por insistencia. Las mismas fuentes calificaron esta situación como “un papelón” del Ejecutivo y advirtieron una falta de coordinación entre este y su grupo parlamentario.

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