Jaime Saavedra: ¿En qué consiste la cuestión de confianza?
Jaime Saavedra: ¿En qué consiste la cuestión de confianza?

La semana que viene será decisiva para el futuro de como ministro de Educación y miembro del Gabinete Ministerial presidido por Fernando Zavala. El funcionario que se mantiene en el cargo desde octubre del 2013, es decir desde el gobierno de Ollanta Humala, acudirá este miércoles al Congreso para ser sometido a una interpelación.

Se trata de un interrogatorio promovido por las bancadas de Fuerza Popular y del Apra que consta, de acuerdo a la solicitud aprobada, de 18 preguntas. Hasta este punto se llegó luego de que el programa “Panorama” difundiera un informe que da cuenta de que la Fiscalía de Lavado de Activos, tras una alerta de la Unidad de Inteligencia Financiera, investiga las presuntas irregularidades en la compra de computadoras hecha por el Ministerio de Educación por un total de S/146’397.709.

Sin embargo, de las 18 preguntas, solo las 4 primeras tratan sobre este último asunto. Las otras 12 se refieren a cuestionamientos por la organización de los Juegos Panamericanos Lima 2019.

Pese a que aún no llega el día de la interpelación, desde el fujimorismo -de mayoría en el Parlamento- ya se habla de una eventual censura. “Si las respuestas que nos da Saavedra no son suficientes, evidentemente tendrá ese desenlace. No nos va a temblar la mano”, dijo ayer a la prensa el parlamentario Miguel Torres.

Mientras tanto, desde el gobierno también se evalúan acciones ante ese eventual escenario. El propio presidente Pedro Pablo Kuczynski () no ha descartado recurrir a una cuestión de confianza al Congreso si es que se plantea la censura de Jaime Saavedra.

—La censura—
El artículo 86 del Reglamento del Congreso señala que los parlamentarios pueden plantear la moción de censura luego de la interpelación. Debe ser presentada por no menos del 25% del número legal de congresistas. Además, se debatirá entre el cuarto y décimo día natural después de la solicitud, y su aprobación requerirá del voto de más de la mitad del número legal de parlamentarios.

Asimismo, de acuerdo a esta norma y al artículo 132 de la Constitución Política del Perú, “el Consejo de Ministros, o el ministro censurado, debe renunciar”. Y el presidente de la República tiene que aceptar la dimisión dentro de las 72 horas siguientes.

—La cuestión de confianza—
También en base a la Constitución, el literal c del artículo 86 del Reglamento del Congreso explica que la cuestión de confianza es un recurso que solo se plantea por iniciativa ministerial y en sesión del Pleno del Parlamento. La Presidencia del Consejo de Ministros la puede presentar a nombre del mismo Consejo o por cualquiera de los ministros. El planteamiento se debatirá en la misma sesión o en la siguiente.

Esta cuestión de confianza puede presentarse antes o después de la presentación de una moción de censura.

Al respecto, la Constitución explica las consecuencias en su artículo 133: “El  presidente  del  Consejo  de  Ministros  puede  plantear  ante  el    Congreso  una    cuestión    de    confianza    a    nombre    del    Consejo.    Si    la  confianza  le  es  rehusada,  o  si es  censurado,  o  si  renuncia  o  es  removido  por  el  Presidente  de  la  República,  se produce  la  crisis  total  del  gabinete”.

En este punto, el gobierno podría designar a Jaime Saavedra en otro ministerio. Pero también está la posibilidad de que el Parlamento niegue la confianza a este nuevo Gabinete.

En ese caso, “el presidente  de  la  República  está  facultado  para  disolver  el  Congreso  si éste  ha  censurado  o  negado  su  confianza  a  dos  Consejos  de  Ministros”, señala el artículo 134 de la Carta Magna.

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