Cuaderno de extradición de Belaunde Lossio ya está en el Minjus
Cuaderno de extradición de Belaunde Lossio ya está en el Minjus
Redacción EC

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema remitió al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) el cuaderno de extradición de , para el cumplimiento del trámite correspondiente en el Ejecutivo, informó hoy el Poder Judicial.

Según informó el Poder Judicial, los magistrados deliberaron por más de diez horas y, por unanimidad, declararon procedente el pedido de extradición activa de Martín Belaunde Lossio por delitos de peculado en calidad de cómplice y asociación ilícita para delinquir en calidad de coautor.

Dicha resolución consultiva anota que el colegiado invocó el artículo 44, inciso 9, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la cual dispone que los Estados Parte procuraran agilizar los procedimientos de extradición y simplificar los requisitos probatorios correspondientes.

Del mismo modo, enfatiza que en el presente trámite de extradición, los magistrados Jorge Luis Salas Arenas, Elvia Barrios Alvarado, Hugo Príncipe Trujillo, José Antonio Neyra Flores y Víctor Malca Guaylupo, cumplieron con respetar el debido proceso y garantizar el derecho de defensa.

Al resolver el pedido de extradición, la Sala Suprema desestimó la solicitud de la defensa de Martín Belaunde Lossio, para considerar el pronunciamiento emitido por el colegiado presidido por  Javier Villa Stein, como cosa juzgada.

Para sustentar la extradición por delito de peculado en calidad de cómplice, la sala hizo referencia al tratado de extradición firmado entre Perú y Bolivia, a la ley boliviana Marcelo Quiroga (contra la corrupción), al artículo 27 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

Recuerda, además, que la jurisprudencia boliviana admite la complicidad en delitos de peculado.

En cuanto al cargo de asociación ilícita, se menciona que la conducta atribuida está subsumida en el artículo 132 del Código Penal de Bolivia y que la legislación de este país prevé una pena máxima de tres años de prisión por lo cual queda superada la exigencia punitiva de dos años. (Fuente: Andina)

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