Se necesitan 87 votos en el pleno para elegir a un magistrado del Tribunal Constitucional. (Ilustración: Víctor Aguilar / El Comercio)
Se necesitan 87 votos en el pleno para elegir a un magistrado del Tribunal Constitucional. (Ilustración: Víctor Aguilar / El Comercio)

El está en medio de una polémica por la elección de seis de los siete magistrados del (TC), una tarea que tiene pendiente desde junio pasado. Diversos especialistas y estudios sostienen que el problema está en el sistema de elección. Un método que en la región solo mantienen el Perú y Venezuela, en el que el Parlamento concentra el nombramiento del órgano de control constitucional.

Este Diario comparó las constituciones y leyes orgánicas de 10 países de Latinoamérica y corroboró que solo el Perú y Venezuela concentran el poder de elección de magistrados en su Parlamento. La única diferencia es que en el régimen de no existe un órgano autónomo, sino que se trata de una Sala Constitucional dentro del Tribunal Supremo de Justicia.

Chile y Colombia tienen un sistema de responsabilidad compartida, en el que en el nombramiento participan el Congreso, el Poder Ejecutivo y la Corte Suprema. También está el caso de Bolivia, donde si bien participa la Asamblea Legislativa en la preselección, los candidatos son sometidos a un proceso electoral de voto ciudadano.

Proceso de selección de los órganos de control constitucional en la región. (Elaboración: El Comercio)
Proceso de selección de los órganos de control constitucional en la región. (Elaboración: El Comercio)

—El origen del problema—

El Perú tuvo su primer órgano de control constitucional en 1979, cuando se creó el Tribunal de Garantías Constitucionales. La Carta Magna recogió el modelo español y constituyó un tribunal con nueve magistrados: tres designados por el Congreso, tres por el Poder Ejecutivo y tres por el Poder Judicial. “Pero esto no funcionó, el mandato era de seis años y se renovaba por tercios. A los tres años no hicieron el sorteo porque nadie se quería ir, terminó siendo un fiasco”, comentó el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga.

En sus diez años de funcionamiento (1982-1992), el Tribunal de Garantías Constitucionales recibió 25 acciones de inconstitucionalidad y solo resolvió 15. Para plantear esa acción, la ley exigía a la ciudadanía 50.000 firmas (hoy son 5.000). Además, entre 1983 y 1990, durante los gobiernos de Acción Popular y el Apra, se resolvieron nueve acciones de este tipo y solo una se declaró inconstitucional; las demás fueron declaradas infundadas o no alcanzaron los votos necesarios.

César Landa, en su ensayo “Del Tribunal de Garantías Constitucionales al Tribunal Constitucional” (1995), atribuyó el fracaso a “la debilidad del propio tribunal, debido a las mínimas competencias asignadas en la Constitución, a la escasa demanda de los justiciables y a la reiteración de los vicios de la justicia ordinaria en la justicia constitucional”.

“Si tuviéramos un Senado, los nombramientos se harían de manera reflexiva cuando se deban hacer y no expuestos a conjeturas”.


Óscar Urviola, expresidente del Tribunal Constitucional

El Tribunal de Garantías Constitucionales desapareció con el autogolpe de Alberto Fujimori en 1992. En la Constitución de 1993, se constituyó el actual Tribunal Constitucional con siete magistrados elegidos en su totalidad por el Congreso.

El resultado también resultó siendo negativo. Casi tres años después de promulgada la Constitución de 1993, el TC recién pudo instalarse, en junio de 1996. Esto debido a los entrampamientos para elegir a sus integrantes. El fallecido constitucionalista Enrique Bernales, en su libro de análisis comparado de la Constitución de 1993, señaló que ese entrampamiento fue “con sujeción a los intereses de la mayoría que en el período 1995-2000 controlaba el Parlamento”. “La politización para elegir a los miembros del tribunal aconseja revisar el criterio y buscar una modalidad que garantice la independencia de este órgano”, concluyó.

En palabras de Bernales, el tribunal nació enfermo.

—Propuestas—

Aníbal Quiroga sostuvo que la solución está en que la designación de magistrados pase a formar parte de las funciones de la Junta Nacional de Justicia (organismo que reemplaza al desactivado Consejo Nacional de la Magistratura). El único problema es que la JNJ aún no se instala porque también hay problemas para designar a sus miembros. Tras una primera elección fallida, el nuevo proceso debe culminar en enero del 2020.

El extitular del Tribunal Constitucional Óscar Urviola cree que la solución está en que se retorne al sistema bicameral, donde el Senado sea la instancia encargada de la designación. “Además, el sistema sería eficiente en la medida en que se constituya un proceso más transparente”, alegó.

También se han presentado proyectos de ley sobre la materia. La legisladora Patricia Donayre (Unidos por la República) propone que los magistrados sean designados por la Junta Nacional de Justicia de tres listas que serían presentadas por el Congreso, la Corte Suprema y el presidente de la República.

En el 2017, Alberto de Belaunde (Bancada Liberal) planteó una serie de requisitos para hacer la elección más transparente, pero manteniendo el poder en el Congreso donde, sin importar la proporcionalidad, cada bancada presentaría dos candidatos a magistrados.

Ambos proyectos están encarpetados. La probabilidad de que el Congreso apruebe una norma quitándose el poder de designar a miembros del TC es muy baja.

Quiroga postuló en dos ocasiones al Tribunal Constitucional y pudo corroborar que solo buscan colocar “amigos del poder”. “Cuando busqué apoyo en el Congreso, me dijeron: ‘Necesitamos alguien que mate por nosotros’”, recordó.

Ayer, la magistrada Marianella Ledesma afirmó que le ofrecieron mantenerse en el cargo si eran “efectivos por la libertad de Keiko Fujimori”.

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