El Poder Judicial aceptó el pedido del Ministerio Público y dictó comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país por 18 meses contra el excongresistas Kenji Fujimori Higuchi, en el marco del proceso judicial por la presunta compra de votos para evitar la vacancia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski.
La misma medida alcanza a los excongresistas Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez, investigados, junto a Fujimori, por tráfico de influencias agravado y cohecho activo genérico propio en agravio del Estado. Cada uno deberá abonar una caución de S/50.000.
La semana pasada, en audiencia pública sustentó el pedido el fiscal supremo adjunto Alcides Chinchay Castillo, de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria para casos de delitos cometidos por altos funcionarios.
El Ministerio Público acusó a los excongresistas Kenji Fujimori, Bienvenido Ramírez, Guillermo Bocángel; así como a Alexei Toledo, por los delitos de cohecho y tráfico de influencias a consecuencia de los videos grabados por el desaparecido excongresista de Fuerza Popular, Moisés Mamani.
Para Fujimori, Bocángel y Toledo la fiscalía suprema ha solicitado 12 años de cárcel; mientras que para Ramírez ha pedido 11 años de prisión.
Cabe precisar que, según la acusación fiscal, las grabaciones realizadas, demostrarían que los acusados habrían intentando convencer a Mamani para que vote en contra de la vacancia de Kuczynski, en diciembre del 2017. A cambio, le ofrecen interceder en los ministerios adecuados para que pueda gestionar más obras para su región.
Ante el juez supremo de investigación preparatoria, Hugo Núñez, el representante del Ministerio Público sostuvo que los elementos de convicción presentados en la acusación revisten de la gravedad y convicción de que los delitos fueron cometidos por los procesados.
El fiscal sostuvo que se ha pedido entre 12 y 11 años para los acusados y por tanto supera los cuatro años exigidos por la ley. “Los tipos penales supera (los 4 años) y la modalidad hace que pudiera haber la sumatoria de los delitos”, anotó.
Sobre el peligro procesal, explicó Chinchay, el Código Procesal Penal prevé dictar la comparencia con restricciones para evitar el peligro de fuga.
“El Ministerio Público en este caso estima que en efecto se trata de un supuesto en el cual los señores procesados pueden estimar la presencia de un riesgo de fuga por la pena solicitada y esto por la configuración de la pena que como hemos dicho, se trata d una pena por sumatoria”, postuló.
En el caso de Kenji Fujimori señalamos peligro de fuga y obstaculizaron, pues si bien tendría domicilio; tendría capacidad para salir del país. Además, sostuvo que existe un daño no patrimonial al Estado.
“Debemos decir que Kenji Fujimori fue líder de un subgrupo político en el parlamento y por lo tanto tiene un liderazgo que podría tener una ascendencia sobre algunas personas que hemos llamado a declarar”, anotó el fiscal.
La misma situación para los procesados Bocángel, Ramírez y Toledo, sobre los que consideró existe un posible peligro de fuga y obstaculización.
El abogado Franco García Lazo, defensa de Fujimori Higuchi, solicitó al juzgado que se rechace el pedido, por no haber elementos que la sustente, “así no sea la medida más gravosa”.
“Para dictar una medida de esta naturaleza, no solo deben estar no solo probados en el expediente; sino que los hechos tienen que constituir una apariencia de fuga o una apariencia de que no contiene un arraigo laboral o domiciliario; o una apariencia delictiva”, sostuvo.
Por su parte, la defensa legal de Ramírez, el abogado Romel Macedo, cuestionó el proceso en que se ha pedido la medida. Esto, al considerar que debía haber solicitado la variación de la comparecencia simple por la de comparencia restringida. Por ello, solicitó que se declare improcedente la medida.
Renzo Riega, defensa de Bocángel, sostuvo que los argumentos de la fiscalía sobre el peligro de fuga carecen de sustento. Alegó que sí tiene arraigo domiciliario y laboral. “Esta defensa rechaza el argumento en la medida que, dado el avance del proceso, no puede asumirse que los peligros deben basarse en meras presunciones”, sostuvo.
Rose Portal, abogada de Toledo, sostuvo que en su oportunidad se confirmó el arraigo de su patrocinado por lo que, cuando se postuló la acusación, no se pidió ninguna medida restrictiva.
“Consideramos que la indagación de la verdad no se dio en riesgo ni en peligro, porque mi defendido ha cumplido con todas las restricciones impuestas en su oportunidad en el despacho fiscal, como se puede acreditar con las firmas del cuaderno del despacho", sostuvo.
El juez supremo de investigación preparatoria del Poder Judicial, Hugo Núñez, dejó al voto el pedido del Ministerio Público y tiene hasta el 17 de este mes para anunciar su decisión.
-Existen elementos para ir a juicio oral-
De otro lado, el magistrado Núñez consideró que habían suficientes elementos de convicción para que el caso pase a juicio oral.
Así lo indicó al rechazar un nuevo pedido de los excongresistas Bienvenido Ramírez y Guillermo Bocángel, quienes interpusieron un recurso de sobreseimiento, solicitando se archive la acusación en su contra por la presunta compra de votos para evitar la vacancia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski.
Ambos presentaron el recurso al sostener que no existiría justificación para procesarlos penalmente, al no ser un caso típico, ya que el ofrecimiento de obras por parte de in congresista, no tiene contenido penal.
Sin embargo, el juez consideró que ya había resuelto diversos pedidos respecto a la “atipicidad” del delito en otras acciones legales interpuestos por Ramírez, Bocánguel y Fujimori, quienes presentaron una improcedencia de acción.
A consideración del juez supremo, las presuntas prebendas que se analizan en el caso, fue el intercambio del indulto del expresidente Alberto Fujimori a cambio de evitar la vacancia.
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