Según informó la ONPE, el financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso. (Foto: Leandro Britto / Archivo GEC)
Según informó la ONPE, el financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso. (Foto: Leandro Britto / Archivo GEC)
/ Leandro Britto
Redacción EC

El próximo 15 de julio de 2024 es la fecha límite para que los diez partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo presenten la respectiva rendición de cuentas, correspondiente al primer semestre del ejercicio anual 2024, informó la .

Por tal motivo, el organismo electoral, a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, capacitará, el 18 de junio, a los partidos políticos beneficiarios sobre las regulaciones y ejecución del financiamiento público directo 2024 (primer semestre), con el propósito de orientarlos sobre la correcta ejecución de los gastos con cargo a las subvenciones recibidas por el Estado y la respectiva rendición de cuentas.

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El acto se desarrollará a partir de las 18:00 horas, en el auditorio institucional, ubicado en el jirón Washington 1894, en el Cercado de Lima.

Están invitados a la capacitación todos los partidos que reciben el financiamiento público directo: Acción Popular, Alianza Para el Progreso, Avanza País, Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Somos Perú, Partido Morado, Perú Libre, Podemos Perú y Renovación Popular.

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A través de la Resolución Jefatural 000005-2024-JN/ONPE, el organismo electoral aprobó, en enero de este año, la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del financiamiento público directo, de enero a junio del año 2024, a favor de las organizaciones políticas beneficiarias, por un total de S/ 7′798,001.64.

El financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso de la República.

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La finalidad es que sean utilizados durante el quinquenio posterior a las elecciones generales en las que fueron electos, de acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas y bajo la reglamentación de la ONPE.

Según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, hasta el 50 % del financiamiento público directo debe ser para gastos del funcionamiento ordinario, la adquisición de bienes (inmuebles, muebles y otros) necesarios para las actividades consustanciales a su objeto, así como para la contratación de personal y servicios diversos.

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Asimismo, no menos del 50 % del financiamiento público directo para actividades de formación, capacitación, investigación y difusión, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre mujeres y hombres.

Estas actividades pueden estar orientadas a los procesos electorales convocados e involucrar realización de encuestas, desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales y procesamiento masivo de datos.

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Cabe recordar que la rendición de cuentas del financiamiento público directo y privado puede visualizarse en el portal de Claridad ().