Este jueves el Gobierno del Perú oficializó el levantamiento del Estado de Emergencia Nacional decretado desde marzo de 2020 tras el comienzo de la pandemia del Covid-19. Según con la normativa vigente desde hace 31 meses que quedó sin efecto, ya no es necesario el uso de una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues en transporte público.
Asimismo, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) señaló que el levantamiento del estado de emergencia nacional por la pandemia del Covid-19 establecido por el Gobierno no está incluido la eliminación de la declaratoria de emergencia sanitaria.
LA DEROGACIÓN DE LA LEY QUE LEVANTA EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL
La norma que fue publicada en el boletín del diario oficial El Peruano, indica que la derogación del Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, que establecía el Estado de Emergencia Nacional, es debido a la evolución de la pandemia, el avance del proceso de vacunación, la disminución de la positividad, la disminución de los pacientes internados en las unidades de cuidados intensivos, y la disminución de los fallecimientos por la COVID-19.
“Deróguese el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; así como, los Decretos Supremos N° 030-2022-PCM, N° 041-2022-PCM, N° 058-2022-PCM, N° 063-2022-PCM, N° 069-2022-PCM, N° 076-2022-PCM, N° 092-2022-PCM, N° 108-2022-PCM y N° 118-2022-PCM los cuales disponen sus prórrogas y modificaciones”, informa el documento.
LA VIGENTE LEY DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA
Desde que empezó la pandemia, en marzo de 2020 el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA por la cual declaraba el estado de emergencia sanitaria por 90 días a nivel nacional, habiéndose extendido a la fecha hasta siete ocasiones su vigencia. La última vez fue por 180 días, y que en la actualidad sigue vigente ya que vence el 25 de febrero de 2023.
Esta última prórroga se realizó a solicitud de la Dirección General de Operaciones en Salud (DGOS) del Minsa, institución que se encarga del equipamiento y mantenimiento de los establecimientos de salud, sustentándose en una nota informativa del Instituto Nacional de Salud (INS) y un informe del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Minsa.
“En dicha nota informativa se sostiene que el COVID-19 sigue siendo un evento de gran importancia para la salud pública, en consideración a su alta patogenicidad, alta transmisibilidad y alto riesgo de mortalidad para grupos poblacionales, como los adultos mayores y personas con comorbilidades, lo que difiere con las cifras actuales presentadas por el Ministerio Salud que registra menores niveles de contagio y mortalidad”, comunicó la CCL.
Esta norma permite que el Minsa, INS y EsSalud puedan adquirir bienes y servicios requeridos para luchar contra la pandemia, sin tener que llevar a cabo procedimientos de compras públicas regulares, permitiendo que se hagan por adquisición directa.