Por qué en la gratificación de julio se aumenta un 9% más a tu sueldo
Por qué en la gratificación de julio se aumenta un 9% más a tu sueldo
Redacción EC

El mes de julio es uno de los meses más esperados por los trabajadores del sector público y privado del país debido a que recibirán su aguinaldo por . Este beneficio económico, regulado por la Ley N° 27735, es un derecho que brinda el empleador y se calcula en base al sueldo del trabajador y se cancela junto con un aumento extraordinaria del 9% que viene del monto total de la de este mes. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿POR QUÉ LOS TRABAJADORES RECIBIRÁN 9% MÁS EN SU SUELDO?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) dio a conocer que mediante la Ley de Gratificaciones Nº 27735 los empleados del régimen laboral privado obtendrán una remuneración íntegra por concepto de gratificaciones más una bonificación extraordinaria del 9 % sobre dicho monto siempre y cuando estén adscritos a EsSalud por Fiestas Patrias. Mientras que los trabajadores que se encuentren vinculados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), recibirán una ganancia del 6,75 % sobre su salario.

“La gratificación y la bonificación extraordinaria del 9 % y del 6,75 % deben ser pagadas hasta el lunes 15 de julio del 2024, siempre que los que trabajadores del sector privado hayan laborado el primer semestre completo; además, ambos conceptos deben estar registrados en la planilla electrónica de dicho mes”, sostuvo el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez para la Agencia Andina.

Es importante mencionar que, las personas que no hayan trabajado el semestre completo, es decir, de enero a junio, la gratificación será similar a un sexto de la remuneración por cada mes que ha laborado. No obstante, en caso el empleado tuviera inasistencias injustificadas durante el mes se le descontará un treintavo del sexto a percibir por cada falta.

¿QUÉ SE SABE SOBRE LA GRATIFICACIÓN PARA LOS TRABAJADORES CAS?

El pasado martes 4 de junio, la Comisión de Trabajo aprobó el dictamen que otorga beneficios a los empleados por Contrato Administrativo de Servicios (CAS), entre los que figuran bonificación por escolaridad, gratificaciones equivalentes a una remuneración, CTS, asignación familiar no menor al 10% de una Remuneración Mínima Vital (RMV), subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio (equivalente a dos remuneraciones mensuales), entre otros, según precisa el diario Gestión.

La mencionada iniciativa legislativa está dirigida a los organismos del sector público, como el Poder Ejecutivo, gobiernos regionales, municipalidades provinciales y distritales, Poder Judicial, Poder Legislativo, organismos autónomos, entidades adscritas y demás organismos, proyectos especiales y programas estatales; teniendo en cuenta que el Estado reconocerá estos derechos en un plazo determinado en beneficio a los trabajadores CAS.

Es importante mencionar que en agosto, cuando se inicie la segunda legislatura del año, tendrá que ser debatido en el Pleno del Congreso para su respectiva aprobación. Por su parte, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) rechazó este proyecto de ley ya que afectaría la implementación del Régimen del Servicio Civil (Servir) y ocasionaría un costo de S/ 2,255 millones como gasto anual adicional al país si se llega a admitir todos estos beneficios.


Contenido sugerido

Contenido GEC