Por este motivo EsSalud paga subsidios desde 820 soles: cómo saber si soy beneficiario | Foto: Andina
Por este motivo EsSalud paga subsidios desde 820 soles: cómo saber si soy beneficiario | Foto: Andina
Redacción EC

Si te encuentras asegurado a y estás afrontando una nueva condición de vida que es complicada económicamente, es importante que sepas que el seguro de salud brinda tres subsidios que tienen como objetivo ser un salvavidas financiero para los ciudadanos en determinadas situaciones.

Los bonos monetarios que otorga el Seguro Social de Salud pueden ser en caso de lactancia, maternidad o incapacidad laboral; y cada uno presenta un monto diferente.

A continuación, te contamos los detalles de cada subvención económica, cómo cuáles son los requisitos para recibirlos y cómo calcular el monto que recibirías en caso apliques a uno de ellos.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO POR LACTANCIA?

El subsidio por lactancia es un beneficio económico otorgado a las madres de familia para contribuir al cuidado del menor recién nacido.

El monto de este subsidio asciende a los 820 soles, y es considerado como un pago único por cada lactante. En el caso de parto múltiple, la subvención se otorga individualmente. Por ejemplo, el nacimiento de gemelos equivaldría a un monto de 1640 soles.

Para solicitar el subsidio por lactancia, la asegurada tendrá un plazo de noventa y ocho días más seis meses contados desde la fecha de nacimiento de tu bebé. En caso de parto múltiple, se suman treinta días.

Los requisitos para solicitar este beneficio son los siguientes:

  • Tener derecho de cobertura y estar trabajando al momento del nacimiento del niño, quien debe estar registrado en Reniec.
  • Contar con tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos de aportes, dentro de los seis meses calendario, anteriores al mes del nacimiento vivo del niño(a).

Cabe señalar que los trabajadores dependientes e independientes que desarrollen actividades de cultivo, crianza, avícola o agroindustrial, también serán considerados para el cobro del subsidio por lactancia.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO POR MATERNIDAD?

Las gestantes aseguradas pueden gozar de este beneficio que tiene como objetivo cubrir las primeras necesidades de su bebé y compensar el tiempo que no trabajará por su licencia de maternidad.

Este bono se otorga a la madre por un periodo de 98 días, que son contados a partir del inicio del descanso médico otorgado por licencia de maternidad y podrá extenderse por 30 días adicionales si se tratara de un caso de parto múltiple o de un menor con discapacidad.

El monto que puedes recibir por este subsidio se calcula en función al promedio diario de las remuneraciones de los 12 últimos meses calendarios inmediatamente anteriores al mes en que se inicia la contingencia, multiplicado por el número de días de goce del descanso médico.

Para solicitar el subsidio por maternidad, la asegurada tendrá un plazo de noventa días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más seis meses. En caso de parto múltiple, es de 120 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño más seis meses.

Los requisitos para solicitar este beneficio son los siguientes:

  • Tener vínculo laboral en el mes en que se inicia el embarazo.
  • Tener vínculo laboral al inicio y durante el periodo del subsidio.
  • Contar con tres meses consecutivos de aportes o cuatro no consecutivos, dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inicia el descanso médico por maternidad.

Cabe señalar que la asegurada del régimen especial, pescadora o procesadora pesquera artesanal independiente, antes de presentar la solicitud, debe haber pagado el aporte del mes en que se inicia el embarazo.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL?

Con la finalidad de compensar la pérdida económica derivada de la incapacidad para el trabajo, ocasionada por problemas de salud, este subsidio busca ser una ayuda económica para los asegurados regulares en actividad.

El derecho a esta subvención se adquiere a partir del día 21 de incapacidad y hasta donde dure la misma, con un plazo máximo de 11 meses y 10 días consecutivos, en tanto no realice trabajo remunerado.

Este subsidio equivale al promedio diario de las remuneraciones de los últimos 4 meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que se inicia la contingencia. Si el total de los meses de afiliación es menor a 4, el promedio se determinará en función a los que tenga el afiliado.

Los requisitos para solicitar este beneficio son los siguientes:

  • El asegurado regular debe contar con vínculo laboral al momento de iniciar la incapacidad temporal.
  • Contar con tres meses de aportes consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que inició la incapacidad.
  • El trabajador debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la prestación (al inicio y durante el periodo a subsidiar).
  • En caso de accidente, basta que exista afiliación.

Por otro lado, es importante señalar que los trabajadores pesqueros asegurados que estén bajo la ley Nº 28320, para acceder a este subsidio, deben contar con dos aportes consecutivos o no consecutivos pagados en los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la incapacidad; mientras que los asegurados pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes deben contar con tres contribuciones mensuales consecutivas pagadas.

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