(Foto referencial: AP)
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Diego Suárez Bosleman

Al parecer, la leche evaporada de la empresa –comercializados en Puerto Rico– no debería tener la denominación de leche evaporada en su etiquetado. Así lo ha dado a conocer recientemente la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA), a través de su lista roja de las alertas de importación. Antes que nada, hay que dejar claro que esta decisión no pone en duda el valor nutricional o inocuidad de esos productos, sino su correcto etiquetado. Analicemos entonces algunos puntos claves para entender esa polémica.



1 ¿Qué es el Código Alimentario y por qué no rige en EE.UU.?

Para garantizar la inocuidad y calidad de los alimentos existe el Código Alimentario Internacional, promovido por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Básicamente, se trata de un compendio de normas alimentarias, directrices y buenas prácticas que buscan regular el comercio de productos alimenticios adecuados para el consumo humano.

EE.UU., mediante la FDA, posee sus propios requisitos y regulaciones que los alimentos –ya sean importados o producidos en el país– deben cumplir para ingresar a ese mercado. Cuando existen problemas con los productos o con las empresas que los comercializan, estos ingresan a las alertas de importación, que se dividen en tres listas: roja, verde o amarilla.

2 ¿Qué diferencias hay entre ambos?

En sí, las diferencias son mínimas. Por ejemplo, el Código Alimentario indica que la leche evaporada debe contener no menos del 7,5% en peso de grasa de leche. Mientras que en las normas de la FDA, este es de 6,5%. Ambos requisitos están dentro de los rangos normales, aunque parece que la entidad estadounidense es más rigurosa.

3 La polémica con la leche evaporada.

Las dos regulaciones definen a la leche evaporada como un alimento que se obtiene al retirar parte del agua de la leche (60%), con el fin de hacerla más duradera. Se le puede agregar ciertos aditivos para asegurar su estabilidad y que mantenga las características de su versión original. Como mencionamos al inicio, varios tipos de leche evaporada de la marca Gloria han sido sancionados, pero la controversia en realidad estaría en la utilización de la leche en polvo.

La empresa ha admitido que usa este último elemento para la producción de su leche evaporada. En esta práctica, no habría problemas porque el Código Alimentario lo permite, aunque especifica que solo debe utilizarse para ajustar el contenido de proteínas. El uso de leche en polvo en la leche evaporada incrementa la cantidad de sólidos de leche en el producto final, que no puede ser menos del 25%.

Las regulaciones de la FDA no permiten leche en polvo como un ingrediente en la producción de la leche evaporada. Además, el mínimo de sólidos de leche aceptado por esta organización es de 23%. Si los productos de Gloria no cumplen estos requisitos, no pueden ser vendidos en Estados Unidos bajo la denominación de leche evaporada, sino como mezcla láctea.

“El asunto nutricional y de composición no están en discusión, sino el etiquetado. Gloria lo que tiene que hacer es etiquetar correctamente”, le dijo a El Comercio Marcial Silva Jaimes, docente e investigador de la Facultad de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional Agraria La Molina (Unalm).

4 La situación del Perú.

El principal problema en nuestro país es que no se cuenta con la cantidad suficiente de leche fluida, debido a que nuestra industria ganadera es bastante limitada.

“Al no haber la cantidad necesaria de leche fluida, hay que sacar de alguna parte materia prima para la obtención de productos lácteos”, sostiene Silva. El experto agrega que por ese motivo algunas empresas utilizan leche en polvo, lo que no es lo ideal, pues lo técnicamente correcto es emplear solo 100% leche.

“Mientras no corrijamos eso, siempre vamos a tener problemas. Ese tema debe corregirse ya”, explica.

En 1991, mediante el Decreto Legislativo 653, se creó la Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario. Su decimoquinta disposición complementaria prohibía la importación de leche en polvo como insumo para la producción de leches en estado líquido, quesos, mantequilla y productos similares de consumo. En el 2008, el Decreto Legislativo 1035 deroga esa disposición y la prohibición desaparece.

-Para tener en cuenta-

Gloria tuvo una crisis en el 2017 por llamar leche a su producto Pura Vida Nutrimax, con 60% de leche en su composición. Según el Códex Alimentario de la FAO, eso no era leche.

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