En el comunicado enviado a la SMV, Gloria resumió también las sanciones que el ente regulador emitió contra sus productos.
En el comunicado enviado a la SMV, Gloria resumió también las sanciones que el ente regulador emitió contra sus productos.
Redacción EC

En un comunicado enviado a la Superintendencia del Mercado de Valores, la empresa anunció que apelará las sanciones impuestas hoy por el Indecopi a tres de sus

"Teniendo en cuenta que consideramos que las tres resoluciones [...]  no se ajustan a derecho, serán apeladas por Gloria dentro del plazo establecido por ley ante Indecopi", se lee en el documento. 

Además, El Comercio pudo conocer que la empresa optaría por presentar el recurso antes de finalizar el año. 

LO QUE DIJO EL INDECOPI 
En el comunicado enviado a la SMV, la empresa resumió también las sanciones que el ente regulador emitió contra sus productos. 

PURA VIDA NUTRIMAX
El Indecopi consideró:

  • Que la denominación colocada en el producto no refleja su verdadera naturaleza (450 UIT). 
  • Que se ha infringido el deber de idoneidad al comercializar un producto como leche evaporada cuando por su composición ello no era cierto (450 UIT). 
  • Entregar a Aspec el 3% de la multa impuesta.

BONLÉ FAMILIAR
Con respecto a este producto, el Indecopi decidió:

  • Denegar las medidas correctivas solicitadas por Aspec, el denunciante. 
  • Que la denominación colocada en el producto no refleja su verdadera naturaleza (260 UIT).
  • Que se ha infringido el deber de idoneidad (260 UIT). 
  • Entregar a Aspec el 3% de la multa impuesta.

GLORIA NIÑOS DEFENSE
Finalmente, el órgano público consideró:

  • Denegar las medidas correctivas solicitadas por Aspec. 
  • Que  denominación colocada en el producto no refleja su verdadera naturaleza (450 UIT).
  • Que se ha infringido el deber de idoneidad (450 UIT). 
  • Entregar a ASPEC el 3% de la multa impuesta.

EL ROL DE LA DIGESA
Por otro lado, mediante un comunicado enviado posteriormente a los medios de comunicación, Gloria resaltó que denominación descrita en la etiqueta de Pura Vida, que dio inicio a la controversia, fue autorizada previamente por la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa). 

"Las denominaciones cuestionadas fueron solicitadas y otorgadas en base a los criterios vigentes aprobados por dicha autoridad en el año 2014, los mismos que se mantuvieron vigentes hasta junio de 2017", se lee en el documento.

La empresa aprovechó para reiterar que en ningún momento ha consignado en sus productos una denominación que no corresponde a su verdadera naturaleza. "Es por esta razón que la compañía seguirá ejerciendo su derecho de defensa ante lo resuelto por el Indecopi, pues considera que dichos pronunciamientos no se ajustan a derecho al desconocer los criterios establecidos por la autoridad competente en esta materia", indica. 

Lea más noticias de Economía en...

Contenido sugerido

Contenido GEC