Las APP y las Obras por Impuestos permiten el desarrollo de infraestructura y servicio público con la participación del sector privado. (Foto: USI)
Las APP y las Obras por Impuestos permiten el desarrollo de infraestructura y servicio público con la participación del sector privado. (Foto: USI)

Después de haber publicado un texto único ordenado en agosto del 2017, que fusionaba los (D.L.) 1224 y 1251, el Gobierno ha promulgado esta semana el D.L. 1362 con el objetivo de juntar, en una sola, toda la normativa emitida en relación con las asociaciones público-privadas (). La razón es que había mucha confusión en los inversionistas y en los propios funcionarios del .

Sin embargo, también se incluyen algunas novedades. En primer lugar, se regresa a una composición del Consejo Directivo de conformado por cinco ministros como representantes del Estado y presidido por el ministro de . Antes, luego del D.L. 1251, era necesaria la incorporación de dos miembros del sector privado, lo que nunca se concretó.

Un segundo aspecto interesante tiene que ver con la posibilidad de tercerizar algunos aspectos del proceso de APP. La norma propone, opcionalmente, el establecimiento de una gerencia de proyectos que concentre y asuma varias de las funciones de los ministerios para agilizar los estudios y aprobaciones. Se trataría de un órgano especializado en el cual el ministerio delega la gestión, pero no la responsabilidad y aprobación final de los procesos. Es algo que, en parte, se viene aplicando en la gestión de los con éxito.

En tercer lugar, el D.L. 1362 incorpora el diálogo competitivo. En junio del 2014, en esta misma columna, reclamábamos la incorporación de este mecanismo. El diálogo competitivo permite, según la norma aprobada, la participación de al menos dos postores en la etapa previa a la licitación del proyecto. Sucede que, en algunos proyectos, por su complejidad, es muy difícil saber de antemano cuál es la mejor alternativa de ingeniería (línea 2 del metro, por ejemplo). 

Para estos casos puede usarse este procedimiento en el que los licitantes son preseleccionados para competir por un proyecto cuyos estudios y diseños no están completos. Así, los estudios que hacen falta se realizan de manera conjunta y coordinada. Se produce así, por medio de un “diálogo” entre el Gobierno y los licitantes, un grupo de estudios únicos para desarrollar sus propuestas. Al final, los concursantes presentan una oferta económica para competir por ese diseño que entre todos definieron. La única diferencia con la actual metodología es que el diseño final es definido en un proceso ordenado de colaboración entre los concursantes preseleccionados.

Por supuesto, la utilización de este procedimiento de adjudicación debe estar sujeta a un proceso sólido de preselección. También es importante advertir que esta opción solo se recomendará para aquellos proyectos realmente complejos. Así, el diálogo competitivo debe producir un diseño final que debe ser el mismo para todos los licitantes. Este procedimiento será aclarado por el reglamento que debe publicarse pronto y debe mejorar los grandes proyectos de inversión que el país necesita.