Es fin de mes y sus cuentas no le cuadran. Chequea uno por uno los recibos de servicios y ¡oh sorpresa! el de agua potable y alcantarillado es el responsable. Lo compara con meses anteriores y no encuentra razón alguna para tamaño incremento.
Sin pensarlo dos veces opta por presentar un reclamo ante Sedapal pero, a punto de salir de casa, se da cuenta de que no sabe por dónde ir y cómo hacerlo. Y es que al igual que muchos, no todos sabemos al detalle cómo proceder frente a casos como este.
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Si considera que su facturación de agua potable es elevada, para empezar –y casi por regla general– debe verificar que no haya fugas de agua en todas las instalaciones sanitarias de su domicilio. De esta manera evitará que el tiempo invertido en presentar su reclamo sea en vano.
Si la verificación confirma sus sospechas y la empresa prestadora del servicio (EPS) le cobró en exceso, debe saber que a partir de la fecha de vencimiento de su recibo, tiene un plazo máximo de 60 días calendario para iniciar su reclamo.
Y, como aclaran en la Sunass –el regulador encargado de supervisar y fiscalizar a las EPS– el reclamo debe ser recibido por la empresa sin ningún tipo de condicionamiento, por lo que tampoco debe exigir el pago del recibo que motiva su reclamo.
TOME NOTA
Considerando la disponibilidad del usuario, los reclamos pueden presentarse vía telefónica o de manera personal en la oficina que se indica en la parte superior de su comprobante de pago, donde podrá hacerlo de manera gratuita.
Pese a que, en primera instancia, el reclamo debe realizarlo el propietario del predio afectado, también es posible que una tercera persona lo haga en su representación. Para ello, deberá adjuntar un poder que se formaliza con la firma del reclamante. Pero, en caso necesitara desistir del reclamo, asistir a la reunión de conciliación o cobrar dinero, sí requerirá de un poder especial ante un fedatario de Sedapal o un notario.