El Perú cuenta con 12 feriados a lo largo del año. Pero de vez en cuando se escucha como parte del calendario: “día no laborable”. ¿Qué son y cuál es la diferencia con los feriados de siempre?
Según César Puntriano, socio senior del Estudio Muñiz, la primera es cómo se configuran: los feriados se establecen por ley y los días no laborables por Decreto Supremo.
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Con respecto a los feriados, si usted no trabaja, recibirá su pago normal, sin problemas. Y si lo hace, puede reclamar otro día libre en compensación.
Sin embargo, hay una figura especial que sucede cuando el trabajador decide no reclamar un descanso en compensación por el feriado laborado.
Si prefiere “cobrar” el feriado, recibirá el pago normal del día (por ejemplo, S/ 50), además de una sobretasa que es el doble; es decir S/ 100 adicionales. En total, por ese feriado laborado estaría cobrando S/ 150 en lugar de los S/ 50 cotidianos.
Hay un caso especial, añade el laboralista, que sucede solo un día en el año: el 1 de mayo. Por ser el Día del Trabajo hay un pago adicional. La sobretasa (utilizando el ejemplo anterior) sería de S/ 150, sumando un total de S/ 200 por ese día trabajado.
Los días laborables tienen un origen diferente. Primero, los dicta el Ejecutivo mediante Decreto Supremo. Segundo, se debe recuperar las horas.
“El objetivo, en la mayoría de casos, es establecer puentes, o sea, aprovechar fines de semana largos, como el 30 de julio. Sin embargo, también hubo días no laborables por necesidades de orden interno. Por ejemplo, los días no laborables del APEC o para los Juegos Panamericanos Lima 2019”, explicó Puntriano.
En resumen, el propósito puede ser fomentar el turismo interno o evitar que haya mucha gente en la calle, por motivos de seguridad.
Además, este tipo de asuetos suelen ser optativos, en el caso del sector privado, y obligatorios para el sector público. Una excepción fueron los días no laborables por Lima 2019, que fueron de obligatorio acogimiento para todos.
La norma, por otro lado, exceptúa a actividades de especial relevancia para la comunidad. Es decir, si el motivo es fomentar el turismo, lógicamente los restaurantes y hoteles funcionarán con normalidad.
Otra gran diferencia es que no existe la sobretasa. Si se trabaja ese día, no le van a pagar más que lo regular. Y si no lo hace, debe pagar las horas.
“Si el trabajador descansa el día no laborable tiene que recuperar esas horas, a diferencia del feriado, donde se descansa y no se devuelven las horas”, añadió el letrado.