El estado peruano derrotó a Sociedad Minera Cerro Verde (Freeport), una de las mineras de cobre más grandes del país, en el litigio que esta le inició ante el CIADI en marzo del 2020 por los supuestos incumplimientos del contrato de estabilidad de 1998 y del TLC entre Perú y Estados Unidos, los cuales le habrían ocasionados daños monetarios por US$909 millones.
La noticia la dio a conocer el estudio Navarro & Pazos Abogados, ancla en el Perú del bufete de abogados Baker-Botts, equipo que condujo el caso a una feliz conclusión para nuestro país.
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Esto significa, informó Ricardo Puccio, socio del estudio peruano en su cuenta de Linkedin, que el Tribunal del CIADI rechazó “todas las pretensiones del demandante”.
“Por ser un caso bajo el TLC con Estados Unidos el Laudo será público una vez que se hayan dado cumplimiento a algunos temas formales”, detalló el abogado.
¿Cuáles eran las pretensiones de la minera norteamericana?
PRETENSIONES
Cabe recordar que la controversia entre Sociedad Minera Cerro Verde y el Estado Peruano se dio a conocer a mediados de la década pasada cuando la Sunat reclamó a la minera el pago de varios cientos de millones de soles por regalías adeudas desde el 2006, fecha en la que empezó a producir cobre en su novedoso proyecto de planta concentradora.
La empresa, entonces bajo el control de Freeport, adujo que no estaba obligada a realizar el pago porque tenía un contrato de estabilidad tributaria, suscrito en 1998 (por el anterior propietario de Cerro Verde, Cyprus), que lo eximía de ese gasto.
El Estado Peruano argumentó, por su parte, que dicho contrato no cubría el proyecto de la planta concentradora, desarrollado en 2004-2006, sino solamente la planta de lixiviación que Cyprus estabilizó en su contrato de 1998.
Ante la persistencia del ente recaudador, la minera llevó el caso a varias instancias en el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial, todas las cuales dieron la razón al Estado Peruano. Como última medida, Freeport y su asociado Sumitomo llevaron el caso ante el CIADI en marzo y mayo del 2020.
Pero aquí también el Estado peruano logró imponerse sobre las pretensiones de la minera, a saber: que el Tribunal de CIADI declare que el Perú violó el contrato de estabilidad de 1998 y el numeral 10,5 del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, y que, en razón de ello, se le ordene el pago de una indemnización monetaria de US$909 millones para borrar “todas las consecuencias de sus ilegales actos”.
En paralelo, la minera estadounidense pretendía que nuestro país pague el costo del arbitraje, así como los gastos que efectuó para la contratación de sus abogados.
Todo ello fue denegado.
LA DEFENSA DEL PERÚ
Documentos y videos de carácter público a los que este Diario tuvo acceso, muestran cómo la defensa del Perú, representada inicialmente por la firma Sidley Austin, dejó bien establecido que los contratos de estabilidad solo aplican en la legislación peruana a los proyectos mineros y no a las unidades mineras como argumentaba Freeport.
No solo, eso, el bufete logró demostrar también que la empresa minera no tenía ningún documento oficial que respaldara su aseveración de que el Gobierno peruano había extendido el contrato de estabilidad a la planta concentradora.
Lo único que pudo presentar Freeport fueron garantías verbales y la noticia de la existencia un e-mail que confirmaba todo esto, pero que no pudo mostrar a la audiencia porque había sido eliminado.
En consecuencia, el Tribunal del CIADI desestimó todas las solicitudes de la empresa.
Queda por ver, sin embargo, cuál será el resultado del arbitraje interpuesto por Sumitomo en mayo del 2020, el cual involucraría una demanda de cerca de US$300 millones.
Y queda por ver, también, si Freeport pagará todos los gastos incurridos por el Estado Peruano en el primer arbitraje.