El Segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró improcedende la acción de amparo que presentó el Consorcio Gasoducto del Sur (integrado por Tecpetrol, TGI y Sempra) para anular su descalificación en el proceso de licitación del Gasoducto Sur Peruano (GSP) ejecutado por la agencia estatal Pro inversión.
Sigue a Portafolio en Twitter y Facebook
Como se conoce, Pro Inversión informó que descalificó al mencionado consorcio del concurso público luego de que este decidiera informar el 26 de junio a través de una carta la recomposición de sus miembros, pese a que había entregado sus propuestas técnicas y económicas bajo declaración jurada.
Sin embargo, el consorcio consideró que Pro Inversión vulneró su derecho de subsanar la reorganización de sus miembros, pues había informado sobre los cambios a la agencia estatal y esta le habíado dado un plazo para cumplirlos.
Al respecto, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima indicó que Pro Inversión no transgredió los derechos constitucionales del consorcio en el concurso, por lo que no admitió la acción de amparo.
Asimismo, explicó que la real controversia es la descalifcación del consorcio por incumplir con las bases de concurso y su esclarecimiento debería hacerse en la vía administrativa y no en a judicial.
Lee aquí el expediente completo que emitió el Segundo Juzgado Constitucional de Lima.