“En caso la persona asignada para cobrar la subvención económica haya fallecido, se ha realizado la reasignación del subsidio a otro miembro del hogar, según padrón”, dijo el Midis. (Foto: Anthony Niño de Guzman / GEC)
“En caso la persona asignada para cobrar la subvención económica haya fallecido, se ha realizado la reasignación del subsidio a otro miembro del hogar, según padrón”, dijo el Midis. (Foto: Anthony Niño de Guzman / GEC)
/ ANTHONY NINO
Redacción EC

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social () informó que desde el lunes 10 de agosto los peruanos podrán conocer si se les reasignó alguno de los subsidios “Yo me quedo en casa”, “” o “” en caso de tener algún familiar que haya fallecido y se hubiese visto beneficiado con el apoyo económico.

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En caso la persona asignada para cobrar la subvención económica haya fallecido, se ha realizado la reasignación del subsidio a otro miembro del hogar, según padrón”, refirió el Midis .

El ministerio habilitará la plataforma desde el próximo lunes para que los usuarios puedan conocer al nuevo titular que realizará el cobro del bono de S/ 760.

El sector informó también que aquellos hogares que debieron realizar el cobro a través de las Empresas Transportadoras de Valores (ETV), también conocidas como “carritos pagadores”, pero no pudieron hacerlo, podrán cobrar la subvención a partir del 7 de agosto.

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Para ello, deberán brindar el 0550 como código de transacción en las ventanillas de cualquier agencia del Banco de la Nación en todo el país. Para los usuarios de Pensión 65 se les ha realizado el depósito en cuenta. Las personas representantes de los hogares beneficiarios deberán acercarse a partir del 7 de agosto a cualquier ventanilla del Banco de la Nación únicamente presentando su DNI.

Por otro lado, los hogares unipersonales que no pueden realizar el cobro de su bono, Midis sugirió realizar el trámite de Carta Poder a través de un Juez de Paz o Notario de su localidad.

En tanto, el ministerio “informará próximamente” la fecha de inicio de pago de aquellos beneficiarios de los bonos a los cuales se les pagará en el Banco del Crédito del Perú (BCP).

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