El Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra trabajando una nueva Tabla de Infracciones y Sanciones Aduaneras. (Foto: GEC)
El Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra trabajando una nueva Tabla de Infracciones y Sanciones Aduaneras. (Foto: GEC)
Redacción EC

En los próximos días sería publicado el nuevo reglamento de la Ley General de Aduanas, tras haberse revisado los comentarios que el sector privado hizo llegar previamente, informó el superintendente nacional adjunto de Aduanas de , Rafael García Melgar, .

“Estamos trabajando intensamente en la materia que nos concierne. Hay en general una modernización permanente de los instrumentos que van a facilitar y asegurar el comercio internacional del Perú”, sostuvo García durante su participación en el IV Foro Internacional sobre Valoración Aduanera organizado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

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Según el gremio, el Ministerio de Economía y Finanzas () se encuentra trabajando una nueva Tabla de Infracciones y Sanciones Aduaneras, en el marco de cambios introducidos últimamente a la Ley General de Aduanas.

Julio Guadalupe, presidente del sector X Logística del Gremio de Comercio Exterior (X.COM) de la CCL, indicó que la nueva tabla de infracciones a publicarse constituye una oportunidad para que se revise la multa por declaración incorrecta del valor aduanero equivalente, a la fecha, al 200% de los tributos de importación dejados de pagar.

A criterio de Guadalupe, este uno de los principales temas que preocupa al sector importador del país.

“No encontramos justificación para que una declaración incorrecta del valor aduanero sea considerada cuatro veces más perjudicial para el fisco que una declaración incorrecta para la determinación de tributos internos, la cual es sancionada con una multa del 50% del tributo omitido”, dijo el representante de la CCL.

En esa misma línea, recalcó que la multa de 200% es la más elevada del sistema tributario nacional y es superior a la sanción por declaración incorrecta del valor aduanero impuesta en otros países, que no supera el umbral del monto del tributo dejado de pagar, como Argentina y Colombia.

Por ello, el sector espera modificaciones importantes con los próximos cambios en la Tabla de Infracciones y Sanciones Aduaneras.

“Si bien se mantiene aún el criterio objetivo (sin importar la intencionalidad) para la determinación de la infracción aduanera, a nivel de la imposición de la multa la Autoridad Aduanera deberá tomar en consideración los hechos y circunstancias de las infracciones cometidas”, agregó el ejecutivo

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