Lo peticionado por la procuraduría recurrente respecto a la nulidad parcial de la sentencia de autos carece de sustento normativo, indica el TC. (Foto: Andina)
Lo peticionado por la procuraduría recurrente respecto a la nulidad parcial de la sentencia de autos carece de sustento normativo, indica el TC. (Foto: Andina)
Por Redacción EC

El Tribunal Constitucional declaró improcedente el pedido de nulidad presentado por la Procuraduría Pública de la Sunat, en contra de la sentencia del mismo TC que declaraba la prohibición de cobrar intereses moratorios por deudas tributarias, luego de cumplirse el plazo legal en que las autoridades deben resolver un recurso administrativo.

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