En las siguientes fotos, conoce a detalle el reglamento publicado hoy sobre el fraccionamiento de vacaciones y una comparación del número de vacaciones en el Perú con el de otros países de la región. (Foto: Thinkstock)
En las siguientes fotos, conoce a detalle el reglamento publicado hoy sobre el fraccionamiento de vacaciones y una comparación del número de vacaciones en el Perú con el de otros países de la región. (Foto: Thinkstock)
Redacción EC

El Gobierno publicó este martes los reglamentos referidos a los descansos laborales remunerados en el y en el en el que se establecen las limitaciones para el fraccionamiento de las .

Según el decreto supremo (DS) N° 013-2019-PCM, se establece que los trabajadores del sector público disfrutarán del descanso vacacional remunerado "preferentemente, de forma efectiva e ininterrumpida; sin embargo, a solicitud escrita del servidor, la entidad podrá autorizar el fraccionamiento del goce vacacional".


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Los servidores públicos deberán disfrutar de su descanso vacacional en periodos no menores de siete días calendario. Asimismo, cuentan con hasta siete días hábiles dentro de los 30 días calendario de su periodo vacacional, para fraccionarlos hasta con mínimos de media jornada ordinaria de servicio. 

El decreto también refiere que no se podrán tomar más de cuatro días hábiles en una semana, de los siete días hábiles fraccionables. La norma entra en vigencia mañana. 

Por otro lado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció regulaciones para el sector privado, con la finalidad de que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar.

En la siguiente fotogalería podrá conocer a detalle el reglamento publicado hoy sobre el fraccionamiento de vacaciones, a partir de los comentarios de Percy Alache, director del área laboral de PwC. 

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