La discusión sobre la reforma de pensiones llegará finalmente al Pleno del Congreso de la República a través de dos dictamentes de diferentes comisiones, la de Economía y la de Trabajo.
El documento de la Comisión de Economía reúne 59 proyectos de ley de los cuales 13 coinciden con los 18 que reúne el dictamen de la Comisión de Trabajo. Ambos dictámenes constan de cuatro pilares: contributivo, semi contributivo, no contributivo y voluntario.
Pensión mínima y máxima
Sobre la pensión mínima, ambos dictámenes recogen la propuesta del Proyecto de Ley 6120/2023-PE, donde el monto de la pensión mínima se evalúa cada tres años, teniendo en consideración la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional. Asimismo, la pensión mínima se aprueba mediante ley del Congreso a propuesta del Ejecutivo.
Así, sobre su reajuste, el documento de la Comisión de Economía detalla que se propone un aumento de S/ 100, quedando fijada en S/ 600. En el caso de la pensión mínima por derecho derivado (pensión que se solicita por el fallecimiento de un beneficiario jubilado), el Ejecutivo propone un incremento de S/ 15, quedando fijada en S/ 400.
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Este dictamen también propone un incremento en la pensión máxima de S/ 100, fijada en S/ 1.000. Respecto a las pensiones proporcionales (dirigidas a los jubilados que no alcanzaron los 20 años de aportes), se propone incrementar S/ 50, con lo cual la pensión proporcional, por haber cotizado entre 10 y 15 años, sería de S/ 300 y la pensión proporcional por haber aportado entre 15 y 20 años, sería de S/ 400. El monto máximo de pensión de jubilación es de S/ 893.00; La pensión mínima es de S/ 500.00 para los pensionistas con 20 o más años de aportes.
En tanto, el de la Comisión de Trabajo busca que el monto máximo de pensión sea de S/ 1.000 y de la pensión mínima de jubilación y de invalidez queda fijada en S/ 800. La pensión mínima por derecho derivado?? se fija en S/ 600.
La pensión de jubilación proporcional especial (para aquellos jubilados que no completaron los años de aportes) por haber cotizado por 10 años de aportes y en un tiempo menor a 15 años, se fija en S/ 400 y la pensión proporcional especial por 15 años de aportes pero sin sobrepasar los pasar 20 años de aportes, se fija en S/ 500.
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Aportes
Sobre los aportes, el dictamen de la Comisión de Trabajo también propone modificar la tasa de aportación de los afiliados dependientes para que los empleadores y el Estado participen en el pago de pensiones con el 4% y el 1% respectivamente, sumado al 9% del aporte del empleado.
Acerca de este punto en el dictamen de dicha comisión, David Tuesta, presidente del Consejo Privado de Competitividad, anotó que sería una mala idea, teniendo en cuenta el elevado costo de contratación que se enfrenta en el mercado laboral.
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“De acuerdo con el BID, este representa el 70% del salario base. Plantear esta medida tal cual, generaría un efecto de mayor informalidad en la economía”, dijo.
Según el documento de la Comisión de Economía, se plantea incorporar al nuevo sistema de pensiones a todos los ciudadanos a partir de los 18 años, para que inicien su ahorro previsional temprano.
Asimismo, el nuevo sistema pretende flexibilizar las vías por donde se pueda realizar las aportaciones tanto para el aporte obligatorio como para el aporte voluntario con fin previsional manejado por el sector privado.
Así, los pagos de los aportes, obligatorios o voluntarios, son realizados mediante aplicativo móvil, billetera móvil, agentes bancarios u otros mecanismos.
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Pensión no contributiva
Sobre la pensión no contributiva, el documento de la Comisión de Trabajo establece que para las personas mayores de 65 años con ingresos mínimos o sin ellos y que no aportaron entre 20 años y 30 años, dependiendo de la edad de jubilación, la pensión no superaría el 50% de la pensión mínima que hoy otorga el Sistema Nacional de Pensiones, de S/ 300 al mes.
En este punto, Tuesta anotó que, la medida planteada conllevaría a un serio costo fiscal. “Estamos hablando fácilmente de más del 60% de la PEA que tendría ese beneficio. Además, no guarda relación con las pensiones sociales de la ONP, que ya pagan S/ 250 con 10 años de cotización y S/ 300 con 15 años de cotización”, agregó.
En tanto, el dictamen de la Comisión de Economía incluye la ampliación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, con ello, los afiliados al SNP y SPP mayores de 65 años, en situación de pobreza extrema y los afiliados mayores de 75 años, en condición de pobreza no extrema que no hayan accedido a una pensión, constituyen el primer grupo de personas en ser incorporadas al programa pensión 65. Además, de establecer un tope del 25% para esta pensión e incluir los gastos de sepelio así como promover que los fondos de los afiliados sin herederos de las AFP sean transferidos al Estado.
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Comisiones del SPP
Sobre las comisiones en el SPP, según el dictamen de la Comisión de Economía, si el afiliado elige migrar a la comisión por saldo o por productividad, esta será aplicada sobre los nuevos aportes que se generen a partir de entrada la Ley. Las comisiones se sujetarán a una licitación o subasta periódica con un plazo máximo de dos años. Además, los afiliados podrán modificar su elección de tipo de comisión.
Por otro lado, en este punto, el dictamen de la Comisión de Trabajo busca que las comisiones de las aseguradoras se calculen en función a su rentabilidad. En caso la rentabilidad mensual sea cero o negativa, la SBS establece que una comisión no supere el 0,5% de los ingresos del asegurado.
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