La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió los plazos para que los últimos grupos de empresas que debían incorporarse a la emisión de comprobantes de pago electrónico lo hagan recién a partir de setiembre del 2021 y enero del 2022.
La medida se adopta ante las dificultades que afrontan algunos de estos contribuyentes debido al impacto económico de la pandemia de la COVID-19 y con la finalidad que se concentren en la reactivación de sus actividades comerciales, según Sunat.
La Resolución de Superintendencia N° 00221-2020/Sunat estableció que los contribuyentes con ingresos anuales mayores a 23 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/96.600, y menores a 75 UIT (S/315.000) deberán emitir facturas, boletas de venta, tickets y notas electrónicas desde el 1 de setiembre del 2021 y ya no desde el 1 de enero próximo como estaba previsto.
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En el caso de aquellos contribuyentes que generen ingresos, durante el año, menores a 23 UIT (S/96.600) deberán emitir comprobantes de pago electrónicos desde el 1 de enero del 2022, ampliándose en un año su designación como emisores, que se había establecido iniciar el 1 de julio del 2021.
Solo los contribuyentes con ingresos anuales mayores o iguales a 75 UIT (S/315.000) serán designados como emisores electrónicos desde el 1 de enero del 2021, tal y como estaba previsto desde al año pasado.
Con la emisión de comprobantes de pago electrónicos, las empresas pueden ahorrar los costos de manejar documentos físicos (impresión, almacenaje y control), mejorar la productividad y facilitar el cumplimiento tributario.
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