Debido a que el 32% de accidentes de tránsito en carreteras es causado por el exceso de velocidad, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) informó que ha eliminado la tolerancia de cinco minutos que permitía realizar dicha maniobra a los buses interprovinciales.
A partir del 21 de noviembre, las unidades que superen los límites máximos de velocidad para adelantar a otro vehículo en marcha serán sancionados por cometer una infracción muy grave. La multa será de S/711 (equivalente al 18% de 1 UIT) y será impuesta a la empresa de transporte correspondiente.
La fiscalización de las velocidades se realizará desde el Centro de Gestión y Monitoreo de la Sutran, que supervisa en tiempo real los viajes de los buses con señal GPS. Una vez que el sistema detecte la falta, esta será reportada de manera automática a las empresas mediante una papeleta electrónica.
Antes del inicio de la fiscalización, la Sutran llevará a cabo una etapa de sensibilización y educación a los transportistas, que consistirá en comunicar directamente, el volanteo y la orientación en los terminales terrestres del país.
LÍMITES PERMITIDOS
El límite máximo de velocidad para el transporte de pasajeros es de 90 kilómetros por hora (Km/h) en carreteras y varía en las vías que cruzan centros poblados: 35 km/h en zonas comerciales, 55 Km/h en zonas residenciales y 30 Km/h cerca de colegios. Cabe señalar que la normativa vigente considera un margen de error de 10 km/h al momento de realizar las mediciones.
El adelantamiento es una maniobra mediante la cual un vehículo que se sitúa delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posición, salvo excepciones. Puede resultar peligrosa cuando se realiza sin respetar las reglas contenidas en el Reglamento Nacional de Tránsito, precisó la Sutran.