Redacción EC

El (PJ) condenó a la ciudadana Nayeli Oporto Paredes a dos años y seis meses de pena privativa de la libertad suspendida, por la comisión del delito continuado contra la fe pública, en la modalidad de suplantación de identidad.

Así lo informó este domingo el Ministerio Público, que destacó la labor del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, a cargo del fiscal provincial Jonathan Portillo Vela, para lograr esa resolución.

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La condenada, además, deberá cumplir con reglas de conducta impuestas, como evitar acercarse a la víctima. También deberá pagar una reparación civil de S/1.200.

Según la tesis fiscal, Oporto Paredes creó una cuenta en la red social Facebook en la que utilizó el nombre y fotografías personales de la víctima. También agregó frases denigrantes, afectando personal y emocionalmente a la agraviada.

El fiscal del caso presentó como elementos de convicción los resultados de la visualización de contenidos en Facebook, WhatsApp e información de la línea telefónica remitida por Osiptel.

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¿Qué es la suplantación de identidad?

Es cuando alguien usa las tecnologías de la información para hacerse pasar por otra persona o institución, y así perjudicarla de forma material o moral.

¿Es un delito?

Sí, pues la persona que incurre en este lo hace con la finalidad de perjudicar material o moralmente a la víctima. Está tipificado en el Artículo 9 de la .

La suplantación de identidad se sanciona con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.

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