Migraciones: estos son los nuevos requisitos que trae la Ley de Nacionalidad

El Estado busca prevenir fraudes documentarios y denegar la nacionalidad a personas que representen amenazas al orden interno.
Migraciones informó que la norma incrementa plazos de residencia y exige acreditar ingresos formales para acceder a la nacionalidad. (Foto: Andina)

La nueva Ley de Nacionalidad (Ley N.° 32421), promulgada por el Poder Ejecutivo y aprobada por el , introduce cambios sustanciales en los requisitos y procedimientos para obtener, recuperar o renunciar a la nacionalidad peruana. De acuerdo con la , la reforma incorpora criterios vinculados a la seguridad nacional y a la protección de los intereses del país.

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Entre las principales modificaciones, se incrementa de 2 a 5 años el requisito de residencia migratoria continua e inmediata para solicitar la naturalización, así como la obligación de acreditar ingresos lícitos de 10 UIT anuales con tributación formal. En el caso de la nacionalidad por matrimonio, el plazo mínimo pasa de 2 a 4 años de unión acompañada de residencia migratoria.

Migraciones detalla modificaciones en la Ley de Nacionalidad y los nuevos filtros de seguridad. (Foto: Andina)

La ley también regula la doble nacionalidad, que ahora exige solvencia económica lícita de al menos 10 UIT anuales y cumplimiento tributario, además de reforzar los procedimientos de control mediante verificación de antecedentes en INTERPOL, pasaporte vigente y exámenes de conocimientos de idioma, historia, geografía, Constitución y actualidad nacional.

Asimismo, se fijan nuevos criterios para el otorgamiento de la nacionalidad por distinción meritoria o como deportista calificado, ambos con la exigencia de 2 años de residencia y con aprobación del Congreso o el , respectivamente, con la opinión técnica favorable de Migraciones.

Nueva ley establece evaluaciones de idioma, historia, geografía, Constitución y cultura peruana para solicitantes. (Foto: Andina)

Los trámites tendrán un plazo máximo de 18 meses, prorrogables por seis meses más, y culminarán con la entrega del título o registro de nacionalización y el juramento correspondiente en ceremonia oficial.

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En las disposiciones transitorias, se indica que los procesos en curso seguirán bajo la ley anterior, mientras que quienes ya cuenten con títulos o registros emitidos antes de la vigencia deberán recogerlos en un plazo de seis meses desde el requerimiento de la autoridad.

La norma entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su reglamento, que deberá ser elaborado en un plazo máximo de seis meses. Con estas medidas, el Estado busca reforzar los filtros de seguridad en la adquisición de la nacionalidad, sin dejar de lado el respeto a los derechos fundamentales de los solicitantes.

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