El concejo de la Municipalidad de Pueblo Libre aprobó la Ordenanza contra el acoso político hacia la mujer en el distrito y fue publicada hoy en El Peruano. (Foto: Municipalidad de Pueblo Libre/ Referencial)
El concejo de la Municipalidad de Pueblo Libre aprobó la Ordenanza contra el acoso político hacia la mujer en el distrito y fue publicada hoy en El Peruano. (Foto: Municipalidad de Pueblo Libre/ Referencial)
Redacción EC

El concejo de la Municipalidad de aprobó la que prohíbe el acoso político hacia la mujer. La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, describe en qué consiste esta forma de y define el ámbito de aplicación.

Se considera acoso político -precisa la ordenanza- cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o a varias mujeres.

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Además, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos. También, dar a conocer información de la vida personal y privada de las mujeres candidatas, electas, designadas, lideresas, que menoscabe su dignidad.

Divulgar propaganda electoral denigrante según la infracción dispuesta en el numeral 7.2 de la Resolución Nº 078- 2018-JNE, restringir el uso de la palabra de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos, impidiendo el derecho a voz, entre otros.

Ámbito de aplicación

La ordenanza dispone que su ámbito de aplicación comprende a mujeres autoridades provenientes de elección popular que desempeñan un cargo político de representación en el distrito de Pueblo Libre, proclamadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

También, mujeres candidatas a cargos de elección popular en el distrito de Pueblo Libre, desde que se admite su inscripción mediante la Resolución que emite el Jurado Electoral Especial que corresponda, conforme lo establece la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales.

La Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA se encargará de elaborar e implementar un Plan de Prevención y Monitoreo de los actos que constituyan acoso político, y un Protocolo Interinstitucional para atender casos de acoso político en el distrito.

Vale precisar que la presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Acoso sexual callejero

En el 2017, la Municipalidad de Pueblo Libre publicó la , la cual sanciona las conductas inapropiadas de índole sexual de manera física o verbal, tales como silbidos, sonidos, frases o gestos hacia la mujer.

Las personas que incurran en estos actos serán multados con 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Además, el municipio multará con el 50 % de una UIT a los establecimientos públicos que no cumplan con publicar carteles que adviertan dichas prohibiciones.

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