Rubro saludable representa el 10% de pedidos online de comida - 1
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Redacción EC

Jugos con un 100% de fruta, bizcochuelos hechos con aceite (sin manteca ni margarina), postres elaborados con leche (pero con un máximo de 12,2 gramos de azúcar cada 100 mililitros), frutas y cereales. Estos son algunos de los alimentos autorizados para vender en las instituciones educativas. Y, visto esto, es un hecho que la apariencia de las cafeterías cambiará radicalmente a partir de este año.

La ley N° 19.140, que establece la protección "de la población infantil y adolescente que asiste a establecimientos escolares y liceales, públicos y privados, a través de la promoción de hábitos alimenticios saludables", fue propuesta por el diputado nacionalista Javier García, votada el año pasado y aún no reglamentada. Sin embargo, ya se pondrá en práctica a partir de marzo, cuando empiece el año lectivo.

El Ministerio de Salud Pública (MSP), en conjunto con el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) desarrollaron la lista de alimentos convenientes para vender en las instituciones educativas.

La directora general de Salud del MSP, Marlene Sica, dijo a El País que también se mantuvieron reuniones con la Cámara de Industria, y que "todas las partes" apoyan la implementación de la nueva ley.

La lista, a la que accedido a El País, que si bien no es definitiva tiene los lineamientos generales de la versión final, se separa en tres grupos: uno de "alimentos y bebidas naturales o mínimamente procesados", otro de "alimentos procesados envasados que cumplan con los límites establecidos en cuanto al contenido calórico y de nutrientes" y otro de "preparaciones envasadas en el punto de venta".

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