Son múltiples las denuncias e investigaciones que, desde el inicio de su gobierno, enfrenta el presidente Pedro Castillo junto a su entorno familiar y de trabajo. Sin embargo, a diferencia de otros mandatarios, este es uno de los pocos casos en los que se investiga al gobierno de turno, a una gestión que recién empieza y bajo el entendimiento, según el Ministerio Público, de la existencia de una organización criminal liderada por el propio Castillo con diferentes fines, desde el ejercicio de influencias para el nombramiento o copamiento de puestos con un gran poder y control de recursos públicos hasta el direccionamiento de licitaciones públicas millonarias, lo que implicaría que el grupo criminal operaría con una finalidad netamente lucrativa.
El presidente también afronta investigaciones por delitos comunes, al menos una por falsedad al no haber declarado ser accionista de una empresa cuando era candidato, así como las recientes acusaciones por plagio en su tesis de maestría “escrita” en coautoría con su esposa. Como si no fuera suficiente, están las investigaciones por corrupción y lavado de activos seguidas contra ‘Los Dinámicos del Centro’, la presunta organización criminal que opera en Junín y que habría gestado los recursos para financiar la campaña de Perú Libre que llevó a Castillo a la presidencia.
Este panorama expresa una verdadera lucha de poderes al interior del propio Estado. El Ministerio Público y el Poder Judicial versus el Poder Ejecutivo. Es el Estado contra el Estado. Las investigaciones fiscales y las órdenes judiciales tienen poca capacidad de realización porque la presidencia y sus ministerios controlan la información, a los testigos, a los imputados, a las divisiones policiales contra la corrupción y el lavado de activos, y para delitos de alta complejidad; es decir, a los efectivos a cargo de las investigaciones, los allanamientos y las detenciones judiciales en los casos contra el Gobierno.
Una expresión de ello es que los sobrinos de Castillo, su exsecretario, así como miembros de ‘Los Dinámicos del Centro’ hasta la fecha no han sido arrestados, no tienen un paradero conocido. Asimismo, están las presuntas amenazas a la aspirante a colaboradora eficaz Karelim López y al conserje del edificio en el que operaban los sobrinos, así como la denunciada eliminación de registros en las listas de visitas del propio Palacio de Gobierno. Obstrucción a la justicia, peligro procesal, fugas consumadas y turbación de la actividad probatoria; todos son indicios de una instrumentalización del poder público en la búsqueda de autoimpunidad.
En ese contexto, el nuevo fiscal de la Nación debe reevaluar la decisión de su antecesora de declarar como “investigado” a Castillo y suspender a la vez el proceso en su contra, bajo el argumento tímido y conservador, pro-impunidad, de que la Constitución prohíbe investigar al jefe del Estado. Sin embargo, como he defendido en otras ocasiones, el blindaje que impone el artículo 117 de la Constitución impide “acusar” al presidente durante su mandato, salvo para los casos que indica la propia norma, pero no prohíbe investigarlo en etapa preliminar y preparatoria. La acusación es una etapa avanzada del proceso en la que el fiscal da por probados los delitos y solicita que, tras el juicio oral, se imponga una pena al acusado. Antes bien, en la investigación preliminar y preparatoria la fiscalía imputa cargos, busca y actúa las pruebas para probar o descartar sus hipótesis incriminatorias; la Carta Magna no protege al presidente contras estas investigaciones.
El juez no es la “boca de la ley”, como en el paradigma de Montesquieu. La ley, aunque estuviera escrita en piedra, siempre debe interpretarse, no mirando hacia el pasado, sino hacia las necesidades del presente y el futuro. Y es que la interpretación de la ley es un acto de poder. Si, como sostiene la fiscalía, el presidente Castillo lidera una organización criminal dentro del Estado, la situación es especialmente grave y extrema. La fiscalía debe interpretar de modo estricto y literal la ley constitucional y ejercer el poder que la Carta Magna le tiene asignado.