"Vale recordar, por lo demás, que la confiscación explícita de los fondos no es la única manera de vulnerar el derecho de propiedad de los afiliados."
"Vale recordar, por lo demás, que la confiscación explícita de los fondos no es la única manera de vulnerar el derecho de propiedad de los afiliados."
Editorial El Comercio

A la fecha, no hay registro de una campaña programática de segunda vuelta tan improvisada como la que conduce hoy el candidato presidencial de ,. A cada paso –desde la presentación de su equipo y de su plan de gobierno revisado, pasando por el desempeño del mismo equipo en el debate técnico y en recientes entrevistas–, la imagen ha sido la misma: desorden, falta de ideas y contradicciones.

En estas circunstancias, no debería sorprender, pues, que en sus planteamientos sobre el sistema de pensiones existan versiones distintas, y ninguna demasiado elaborada. Mientras que , miembro del equipo, apunta que no están “hablando de eliminar las AFP”, Castillo anuncia que no habrá más en un gobierno suyo y más bien las sustituiría por un banco de los trabajadores. El plan de gobierno de Perú Libre presentado ante el JNE indica también que se eliminará “paulatinamente” el Sistema Privado de Pensiones (SPP), pero no hace referencia a un banco de trabajadores, sino a fortalecer el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), hoy manejado por la ONP. Dina Boluarte, candidata a la primera vicepresidencia, y Juan Pari, economista del grupo, han ofrecido sus propias interpretaciones discordantes.

En medio de todas las versiones encontradas, la del propio candidato presidencial es la que sugiere la desaparición del sistema privado, lo que incita serias preguntas sobre el uso de los ahorros ya acumulados por los afiliados a las AFP a través de años de trabajo. Cualquier sugerencia para distribuir estos fondos entre quienes no los han construido con su esfuerzo constituye un flagrante intento de expropiación. Los ahorros previsionales de las AFP son la propiedad privada y exclusiva de sus titulares del mismo modo como lo son cualquier cuenta bancaria o inmueble a su nombre.

Vale recordar, por lo demás, que la confiscación explícita de los fondos no es la única manera de vulnerar el derecho de propiedad de los afiliados. Utilizar los ahorros de los afiliados en un “banco de los trabajadores” implicaría –presumiblemente– que estos fondos se podrían usar para financiar, por ejemplo, préstamos de consumo de las familias o a pequeñas empresas. ¿Qué tasa de interés sería la adecuada de tal modo que satisfaga –de un lado– las expectativas de crédito barato de los deudores, pero también –de otro lado– las expectativas de altos retornos que demandarán los afiliados? ¿Quién se haría cargo si los préstamos no se repagan, como ha sucedido tantas veces con otros bancos públicos?

Otras figuras de confiscación encubierta incluyen alterar las regulaciones para forzar la compra de deuda pública del Gobierno Peruano con dinero de los afiliados. En la práctica, el Estado se financiaría con los fondos previsionales y se convertiría en el principal deudor del sistema de pensiones: una situación similar a la experimentada en Argentina. La colectivización de los aportes acumulados –transformar fondos individuales en fondos comunes por repartirse entre varios– es también una manera de expropiar.

El nivel de improvisación de la propuesta y el riesgo que conlleva son alarmantes. El derecho a la propiedad es una piedra angular en cualquier sociedad, y así lo consagran las normas vigentes. Hay aproximadamente S/160 mil millones de fondos acumulados en el sistema que se han construido con el esfuerzo de años, y cada sol de ese total tiene nombre y apellido.

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