Ha pasado lamentablemente desapercibida una resolución trascendental de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi, emitida el 4 de junio. Un documento que para los estudiosos de la microrregulación constituye un avance equiparable al descubrimiento de la penicilina o la leche de tigre.
En efecto, la CEB acaba de resolver que la exigencia de renovar cada dos años el temible certificado de defensa civil constituye una barrera burocrática ilegal inaplicable a la red de boticas Inkafarma. Lo ha hecho tras analizar una denuncia de la empresa Eckerd S. A., propietaria de dicha cadena, contra la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a la cual reporta el Indeci y el novísimo Cenepred, responsables ambos de regular esta materia.
La empresa denunciante consideraba una barbaridad y una ilegalidad que la obliguen a renovar ese trámite en sus más de 700 farmacias, siendo que las condiciones de sus locales no habían variado desde que se les concedió el certificado original.
Y la CEB le ha dado la razón, por dos motivos. Primero, porque los actos administrativos que establecen renovaciones de este tipo deben ser especificados por ley y no por un decreto supremo o una resolución jefatural, como ocurre con esta exigencia. Y, segundo, porque considera ilegal la obligación, teniendo en cuenta que la empresa no ha introducido cambios en sus locales, máxime cuando ya existen inspecciones de seguridad que las entidades del Estado son responsable de realizar regularmente.
Vale la pena leer esta resolución, entre otras cosas para comprobar la defensa lamentable que hace la PCM de su posición controlista y burocrática. En sus argumentos, cuestiona incluso la competencia de la CEB en la materia. Una esquizofrenia patética del tipo “Vidaurre contra Vidaurre”, porque el Indecopi mismo es una entidad adscrita a la PCM.
Atención a los escribas de los paquetes desreguladores: esta resolución es una oportunidad espléndida para identificar en la administración pública las numerosísimas arbitrariedades en donde se impone a las empresas renovar cosas cuando no hay ley sustentatoria ni sentido común que lo ampare.
Aquí dos ejemplos: la Municipalidad Metropolitana de Lima exige renovar anualmente el permiso para colocar publicidad en las unidades de reparto de mercadería, como en el furgoncito de Embutidos Sancho Panza. También la Digesa le exige a Nestlé renovar cada cinco años el registro sanitario de su leche condensada. Ambos casos, y otros miles, aun cuando no haya habido cambios en la publicidad o en la fórmula de elaboración. Y ciertamente sin una ley que lo autorice.
Es como que le pidan ir todos los años a renovar la partida de nacimiento de sus hijos. Una sandez monda y lironda. Piénselo: ¿Por qué las licencias de funcionamiento de las peluquerías son indefinidas, pero algunas municipalidades exigen todos los años renovar el permiso de los letreros de sus fachadas?
La resolución de la CEB solo ampara a Inkafarma, pero esa misma lógica jurídica deberían esgrimir todos los negocios que están en similar situación. Lo ideal y revolucionario, sin embargo, sería descabezar al monstruo y disponer legalmente que, en todo orden de cosas, si a uno le autorizan algo y las condiciones que sustentan ese permiso no han tenido cambios por el mero paso del tiempo, la autorización se considera indefinida. Eso ahorraría a los ciudadanos y empresas millones de trámites innecesarios, todos los años. Salvo, claro, que los despistados abogados de la PCM se quieran oponer.