El daño psíquico podrá ser considerado como una lesión grave, según modificatoria del Código Penal conforme al Decreto Legislativo Nº 1323, que busca fortalecer la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género.
Como lesión grave, el daño podrá ser penado con hasta con ocho años de cárcel (no será menor de 4). Según reza el artículo 121 del Código Penal, son consideradas lesiones graves "las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental de una persona que requiera treinta o más días de asistencia o descanso según prescripción facultativa o se determina un nivel grave o muy grave de daño psíquico".
Se aplicará pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de doce años cuando la víctima se encuentre en estado de gestación, o si para cometer el delito se hubiera utilizado cualquier tipo de arma, objeto contundente o instrumento que ponga en riesgo la vida de la víctima. Cabe precisar que cuando la víctima por la lesión y ese resultado pudo ser previsto, la pena será no menor de doce ni mayor de quince años.
Sobre la modificación, Illian Milagros Hawie, directora general de Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, expresó que este es una de los cambios y especificaciones más importantes del Código Penal en la lucha contra la violencia de género.
“Ahora se considera la afectación sicológica como lesión grave. Además, hemos innovado la agravación de estas penas cuando estas personas son menores de edad, gestantes, adultos mayores o personas con discapacidad”, detalló a El Comercio.
El daño psíquico también puede ser considerado como lesión leve. Según la modificatoria del artículo 122 del Código Penal "el que causa a otro lesiones en el cuerpo o en la salud que requiera más de diez y menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, o nivel moderado de daño psíquico, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años".
Aplicación de la norma
El abogado penalista Luis Lamas Puccio explicó a El Comercio que al momento de aplicar estas modificaciones en casos de maltrato se realizarán pericias sicológicas para medir el daño. "Hay toda una explicación, una evaluación, una narración de los hechos y una conclusión. Esto tiene que ser valorado en el momento de la sentencia", manifestó.
"Antes quedaba al libre albedrío, si querías lo considerabas o si querías no lo considerabas (el daño psicológico). Ahora está incorporado en la ley, no queda a la libre interpretación, depende de una opinión técnica", dijo. En algunos casos, el daño incluso podría llevar al suicidio de la persona afectada, según expresó el especialista.