Protestar no es un derecho fundamental y, sobre todo de manera violenta, no tiene amparo constitucional. Así se resume la sentencia de casación que ha emitido la Corte Suprema del Poder Judicial al establecer que “admitir la existencia de un derecho a la protesta, en términos de reclamar o expresar, generalmente con vehemencia, la opinión, queja o disconformidad, llegando a la violencia que vulnera derechos ajenos, es un razonamiento inconstitucional e inconvencional”.

Conforme a los criterios de

Trust Project
Tipo de trabajo: