Karem Barboza Quiroz

El () ordenó el levantamiento del secreto de las comunicaciones del vacado expresidente , en el marco del proceso judicial que se le sigue por el presunto delito de rebelión, y alternativamente, conspiración, así como por abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública, debido al .

La medida comprende el registro histórico a nivel nacional de la titularidad y el detalle del tráfico de llamadas (entrantes y salientes), con indicación de fecha, hora y tiempo de duración; y mensajes de texto (entrantes y salientes), dentro del período comprendido desde el 2 al 16 de diciembre de 2022, respecto del número 970064317, según la resolución a la que accedió El Comercio.

Dicho número, atribuido a Castillo Terrones, fue hallado en un papel adherido a una caja de celular vacía incautada el 8 de diciembre de 2022, en un pasadizo del segundo piso de la residencia de la Presidencia de la República.

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También autorizó el levantamiento del secreto de las comunicaciones para la identificación de la titularidad y los números registrados de otros nueve chips de celulares hallados también durante el allanamiento realizado luego de su detención cuando pretendía escapar tras emitir un mensaje a la Nación.

Por tanto, se dispuso que el Ministerio Público pueda realizar la visualización y extracción de evidencia de la información contenida en los chips, respecto a llamadas y mensajes de texto, entrantes y salientes, del 2 al 16 de diciembre de 2022.

De esta manera, el juez de Investigación Preparatoria Juan Carlos Checkley Soria declaró fundado el requerimiento de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, dentro de la investigación preparatoria seguida contra Castillo Terrones por subvertir el orden constitucional con el golpe de Estado que encabezó.

Como se recuerda, el pasado 5 de julio el magistrado supremo analizó el requerimiento fiscal en una audiencia reservada.

Según el documento judicial, al que El Comercio tuvo acceso, el investigado exmandatario no formuló oposición, ni absolvió por escrito, sobre el pedido fiscal, no obstante encontrarse debidamente notificado.

Además se le entregó el pedido fiscal de manera personal en el Establecimiento Penal de Barbadillo (Ate), así como en su respectivo domicilio procesal, garantizando que sus defensores tengan el debido y oportuno conocimiento, señaló el magistrado.

En la audiencia estuvo presente Pedro Castillo, acompañado por su abogado Wilfredo Robles Rivera.



¿Qué se busca?

La fiscal suprema adjunta Galinka Meza Salas, encargada de sustentar el pedido, requirió la medida, no solo para conocer la titularidad del teléfono 970064317, así como de los 9 chips Movistar, sino también para determinar si existieron comunicaciones entre los investigados Betssy Chávez Chino (expresidenta del Consejo de Ministros), Willy Huerta Olivas (exministro del Interior), Roberto Sánchez Palomino (exministro de Comercio Exterior y Turismo) y Aníbal Torres Vásquez (exasesor de PCM), así como terceras personas, previo y después del golpe de Estado.

Para la representante del Ministerio Público es necesaria la medida porque determinará con mayor claridad si efectivamente ocurrieron las comunicaciones y coordinaciones para los actos y preparatorios y ejecutivos del delito de rebelión o conspiración.

“Permitirá, llegado el momento, tener indicios para establecer que ocurrió en aquellas fechas, la elaboración, planificación, coordinación, concertación para la emisión del Mensaje a la Nación brindado por el expresidente de la República, Pedro Castillo Terrenos”, se señaló.


El 7 de diciembre del 2022, el Congreso había previsto debatir una moción de vacancia contra Pedro Castillo. A las 10:46 de la mañana, la investigada Betssy Chávez Chino envío un mensaje en el whatsapp en el grupo Gabinete Bicentenario, convocando a los ministros a la PCM.

En ese chat señala que “es un día histórico” y el exministro Roberto Sánchez Palomino, añadió “compañeros ministros prioridad”.

Asimismo, la fiscalía indicó que durante la mañana, Chávez Chino, Torres Vásquez y Castillo Terrones, entre otras personas en proceso de identificación, se reunieron en Palacio de Gobierno, donde habrían acordado el mensaje a la Nación emitido a las 11:40 horas aproximadamente, anunciando su decisión de subvertir el orden constitucional e instaurar un gobierno de excepción, el cierre del Congreso de la República y la reforma del Sistema Nacional de Justicia.

Añadió que aprovechando su condición de jefe supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, Castillo les ordenó el alzamiento en armas en contra del orden constitucional y los poderes del Estado.

Especialistas consideran que Betssy Chávez y Aníbal Torres, deben ser incluidos en investigación junto a Pedro Castillo por el golpe de Estado. (Foto: Presidencia de la República)
Especialistas consideran que Betssy Chávez y Aníbal Torres, deben ser incluidos en investigación junto a Pedro Castillo por el golpe de Estado. (Foto: Presidencia de la República)
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Además, se habría producido una llamada del exministro Willy Huerta Olivas, con el entonces comandante general de la Policía Nacional, Raúl Alfaro Alvarado, pasándole el teléfono con el ahora expresidente, quien le indicó: “General, cierre el Congreso, no permita el ingreso de ninguna persona y saque a todos los que se encuentren adentro; intervenga a la fiscal de la Nación”, así como le indicó que debía dar seguridad a las viviendas de sus padres, la de Chávez Chino y de Aníbal Torres.

“Necesitan establecer si hubieron comunicaciones entre los investigados y terceras personas que podrían estar vinculadas con estos hechos”, se indicó.

El abogado Wilfredo Robles, defensa de Castillo Terrones, alegó en audiencia que los chips no pertenecían a su patrocinado. Cuestionó que el Ministerio Público señalara que fueron encontrados el 8 de diciembre, pero pide el levantamiento del 2 al 16 de diciembre.

Además, se señaló que son varios los investigados en este caso, pero que pese a ello, no tenían ningún problema en que se establezcan reportes de comunicaciones entre su defendido con terceras personas, con las debidas garantías, pues Castillo, es el principal interesado en que se esclarezcan los hechos.

“Permitirá ahondar en la búsqueda de pruebas”

Tras analizar los argumentos de las partes, el juez Juan Carlos Checkley señaló que si bien la defensa del investigado Pedro Castillo manifestó que su patrocinado negó la pertenencia del número telefónico adherido a la caja vacía de celular encontrada junto a los nueve chips hallados -e incautados-, no es menos cierto que conforme al Acta de Exhibición Voluntaria del 8 de diciembre -y conforme a lo manifestado por el SO EP John Nelson Cubas Vega (adjunto del oficial encargado de la Residencia Presidencial)- “los bienes hallados en dicho lugar, eran del expresidente de la República o de sus familiares”.

“Ante tales circunstancias, siendo que el levantamiento del secreto de las comunicaciones constituye también una medida de búsqueda de pruebas, resulta factible que la fiscalía solicite medidas como la presente, respecto a los nueve (09) chips Movistar y al número telefónico 970064317″, indicó el magistrado.

El magistrado precisó que si bien, la medida solicitada implica una restricción del derecho al secreto de las comunicaciones, esta constituye una medida permitida por la Constitución y la ley en tanto se respeten ciertas exigencias y garantías a favor de los afectados. Sobre todo, cuando la defensa no ha mostrado oposición.

Por tanto, señaló que la medida solicitada resulta idónea, pues permitirá a la fiscalía obtener información de manera directa respecto de los titulares de un número telefónico y chips hallados en la Residencia Presidencial al día siguiente del golpe de Estado.

También servirá para conocer sobre el contenido de dichos chips, el tráfico de llamadas telefónicas existentes entre los números telefónicos, mensajes de texto e información complementaria.

JUEZ SUPREMO
Juan Carlos Checkley:

“Permitirá ahondar en la búsqueda de pruebas necesarias para obtener datos objetivos relacionados a la forma y circunstancias de los hechos delictivos investigados, así como lograr su esclarecimiento.”

Juan Carlos Checkley:


El juez señaló en su decisión que la medida deberá ser ejecutada en un plazo de 48 horas por parte de las empresas telefónicas.

“Se ordene a la empresa operadora del servicio de telecomunicaciones Telefónica del Perú S.A.A. – MOVISTAR, informe el detalle del tráfico de llamadas (entrantes y salientes), con indicación de fecha, hora y tiempo de duración; las celdas empleadas -ubicación por celdas activas de las llamadas y mensajes de texto entrantes y salientes– dentro del período comprendido del 02 al 16 de diciembre de 2022, respecto de los 09 chips indicados precedentemente”, concluyó.