El Congreso de la República aprobó un nuevo sistema de votación en el pleno tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre el procedimiento legislativo actual para las deliberaciones y votaciones en la sentencia que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31018.
Por 115 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, la representación nacional aprobó la propuesta de la Junta de Portavoces para que la votación se realice de manera individual y no a través de los voceros. No se admitirá votos adicionales ni cambios del sentido de los votos de los legisladores.
Según el documento, el relator llamará a cada uno de los parlamentarios en orden alfabético, quienes responderán con su nombre y su voto por el sí, no o abstención, y de inmediato el relator repetirá el sentido de su voto. No se permitirá que se sustente el sentido del voto.
Finalizado el llamado a votación de los congresistas, el relator procederá a llamar por segunda vez a aquellos legisladores que no hubieran manifestado su voto, a fin de que procedan a hacerlo.
“Declarado el cierre de la votación, la Presidencia anunciará el resultado y no admitirá votos adicionales ni cambios en el sentido del voto. Los congresistas, si lo consideran conveniente, podrán comunicar por escrito el sentido de su voto, el cual se agregará al expediente, sin alterar el resultado de la votación”, señala el texto aprobado.
Como se recuerda, la sentencia del TC establece que las sesiones virtuales del Congreso serán conformes con la Constitución siempre y cuando se garantice el carácter público, abierto y transparente de los debates virtuales; la participación sin restricciones, la libre deliberación; y el voto personal, directo y público de cada parlamentario.
Incluso la presidenta del TC, Marianella Ledesma, cuestionó el método de votación que emplea el Congreso de la República, a través de los portavoces de cada bancada en sus plenos virtuales, debido a que el voto de los legisladores es de carácter “indelegable”.
Dicha postura fue compartida por su antecesor en el cargo, el magistrado Ernesto Blume, quien dijo creer que este tipo de votaciones “no respeta los parámetros constitucionales”.
Por su parte, el magistrado Augusto Ferrero Costa afirmó que la votación que se realiza en los plenos del Congreso no se ajusta a lo establecido en la Constitución. A su vez, Eloy Espinosa-Saldaña aseguró que el legislador debería participar en un debate amplio y no hacerlo a través de una delegación de su voto, como actualmente ocurre.
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