Alejandro Soto Reyes, presidente del Congreso, defiende aprobación de ley sobre lesa humanidad pese a requerimiento de la Corte IDH. (Foto: Congreso)
Alejandro Soto Reyes, presidente del Congreso, defiende aprobación de ley sobre lesa humanidad pese a requerimiento de la Corte IDH. (Foto: Congreso)
/ Victor Vasquez
Redacción EC

El presidente del Congreso, (APP), defendió la aprobación en segunda votación de la ley que restringe los alcances de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra a pesar de que esto va en contra de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ().

“Este Congreso del Bicentenario rechaza las intromisiones provenientes de organismos internacionales. En defensa de la soberanía del Estado Peruano y del fuero parlamentario, hoy se puso al debate y se aprobó la segunda votación del dictamen del Proyecto de Ley 6951/2023-CR”, aseveró.

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Según Soto Reyes, con esto están haciendo respetar el artículo 93 de la Constitución donde se señala que los parlamentarios no están sujetos a mandato imperativo ni interpelación.

El titular del Parlamento se pronunció luego que la Comisión Permanente aprobara en segunda votación la ley que limita los alcances de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra que fueron cometidos antes del 2002.

La votación este jueves concluyó con 15 legisladores a favor, 12 en contra y ninguna abstención. Asimismo, se rechazó con 15 votos que se lleve a cabo una reconsideración de esta decisión.

Con esto, corresponde al Poder Ejecutivo promulgar u observar y devolver al Legislativo la norma.

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El último martes, la Corte IDH había requerido al Estado peruano que no se adopte, se deje sin efecto o no se otorgue vigencia a este proyecto que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados antes del 2002.

“Además, la aprobación de dicha iniciativa de ley constituiría un desacato a lo ordenado por esta Corte a Perú respecto a la prohibición de aplicar la prescripción en la investigación, juzgamiento y sanción de conductas que, más allá de la tipificación en el derecho interno, constituyen crímenes de lesa humanidad, cometidos durante el período que se extiende desde comienzos de la década de los ochenta hasta finales del año 2000, cuando se vivió en Perú un conflicto entre grupos armados y agentes de las fuerzas policial y militar”, se indicó.

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