En todo el Perú, solo el 2% de las listas ha logrado su inscripción oficial. Es decir, ya pasaron el período de tacha sin ninguna objeción.  (Foto: GEC)
En todo el Perú, solo el 2% de las listas ha logrado su inscripción oficial. Es decir, ya pasaron el período de tacha sin ninguna objeción. (Foto: GEC)

Hasta el pasado 18 de noviembre, los partidos políticos solicitaron la inscripción de 512 listas –con 3.065 candidatos– en 26 (JEE) del país, en busca de participar en los comicios parlamentarios del 2020. Al cierre de esta edición, el 38% de las listas entraron al período de recepción de tachas antes de ser inscritas oficialmente para la contienda.

Un 12% de las listas ya fueron admitidas por los JEE a escala nacional, y solo esperan ser publicadas para sumarse al grupo anterior. De publicarse mañana, el volumen de listas en período de tacha alcanzará el 50%.

En todo el Perú, solo el 2% de las listas ha logrado su inscripción oficial. Es decir, ya pasaron el período de tacha sin ninguna objeción.

1. Inadmisibilidad e improcedencia

Estas dos instancias del proceso de calificación de las listas tienen diferencias de fondo. El presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, José Manuel Villalobos, explicó que la inadmisibilidad se puede subsanar, mientras que la improcedencia se tiene que apelar ante la segunda instancia, el pleno de cinco miembros del (JNE).

“La observación más común que tienen que subsanar en la inadmisibilidad es el incumplimiento de requisitos de forma, como la falta de una firma, la copia que acredite la licencia de un funcionario público que esté postulando. La improcedencia es más de fondo, como inconsistencias en el proceso de democracia interna o en la designación de invitados”, dijo.

En esta elección se han declarado improcedente las candidaturas de los miembros de la Comisión Permanente que postulan y no han presentado licencia. “En un proceso ordinario no se le pedía licencia a los congresistas que postulaban a la reelección porque podías paralizar las funciones de la institución. Esta situación posdisolución es sui generis”, acotó Villalobos.

2. Candidaturas individuales

El especialista en temas electorales Michell Samaniego indicó que la improcedencia también aplica para candidaturas individuales, sin que la resolución final afecte a los demás miembros de la lista. “Si es que se detecta que un candidato miente en su hoja de vida, se declara su improcedencia que, ratificada por el pleno del JNE, deja un hueco en la lista”, dijo.

Samaniego explicó que si los partidos detectaban problemas de improcedencia o tacha antes de la fecha límite de inscripción –el 18 de noviembre– podrían haber reemplazado a los candidatos para no tener una lista hueca. “Pero todos esperan hasta el último día para inscribir sus listas”, apuntó.

3. Tachas y exclusiones

Los especialistas añadieron que, una vez admitidas las listas, los ciudadanos tienen tres días para presentar una tacha, la cual tiene un costo de S/4.150 –que se devuelve si es declarada fundada–. Si es que se detecta alguna irregularidad después de este tiempo, se puede iniciar un proceso de exclusión hasta el 27 de diciembre.

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