El presidente Martín Vizcarra promulgó este lunes la ley de reforma constitucional que impide que postulen a cargos de elección popular aquellos que fueron sentenciados en primera instancia por delitos dolosos. Ahora, podrá aplicarse en las elecciones generales de abril de 2021.
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“Al mismo tiempo debemos continuar con las reformas políticas para fortalecer la institucionalidad y democracia. Por ello, en este momento promulgo ante los peruanos la reforma constitucional que impide postular a cargos públicos a sentenciados en primera instancia para que de esta manera se garantice que en las próximas elecciones generales se presenten candidatos idóneos a fin de que la ciudadanía pueda elegir a sus próximas autoridades”, remarcó durante su pronunciamiento desde Palacio de Gobierno.
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El pasado 11 de septiembre, con 111 votos a favor se ratificó en segunda votación el texto sustitutorio que impide la postulación de sentenciados en primera instancia a cargos públicos. Los votos en contra y las abstenciones salieron de Fuerza Popular y Unión por el Perú.
Aquel día, las bancadas de Alianza para el Progreso, Somos Perú, Frepap, Partido Morado, Frente Amplio, pidieron que se sometiera a votación dicha ley antes de debatir la admisión de la moción que plantea la vacancia presidencial.
Las demás bancadas como Acción Popular, Podemos Perú, UPP y Fuerza Popular respaldaron la petición para votar la ley de impedimentos, que fue aprobada en primera votación el pasado 5 de julio.
La norma modifica el artículo 34-A de la Constitución, precisando que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por delito doloso.
De igual forma cambia el artículo 39-A de la Carta Magna, a fin de establecer que dichas personas están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza.
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