Las listas de candidatos que participen en las elecciones internas, a realizarse en mayo próximo como parte del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, deben cumplir con los requisitos de alternancia de género, así como con las cuotas de jóvenes y de representantes de comunidades campesinas, nativas o pueblos originarios, en los casos que exige la ley electoral, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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Precisó que con ese propósito es necesario que las organizaciones políticas tengan en cuenta las Resoluciones 0912-2021-JNE y 0913-2021-JNE, que establecen números de autoridades a elegir (consejeros y regidores) y aplicación de cuotas electorales, así como los reglamentos de inscripción de candidatos aprobados con las Resoluciones 0942-2021-JNE y 0943-2021-JNE.
En ese contexto, el máximo organismo electoral refirió que efectúa progresivos avances para la mayor participación en las listas de candidatos de ciudadanos que pertenezcan a comunidades campesinas, nativas o pueblos originarios.
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Una muestra de ello es que se han ampliado las circunscripciones en las que debe haber dicha presencia en sus listas, e inclusive se ha considerado esa cuota electoral para la lista de candidatos a la Municipalidad de Lima.
De acuerdo con la información oficial alcanzada por la referida corporación edil, en Lima existen 10 polígonos de comunidades campesinas reconocidas o tituladas, algunas ubicadas de forma parcial y otras de forma total en el ámbito de la provincia de Lima.
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Asimismo, se conoce que Lima cuenta con cuatro comunidades campesinas con personería jurídica reconocida: Collanac, Llavanilla, Santa Rosa de Manchay y Las Viñas de Media Luna.
Proceso
Las organizaciones políticas que participarán en los comicios internos hicieron sus respectivas convocatorias del 15 al 22 de enero de 2022, de acuerdo con el cronograma de Elecciones Internas aprobado mediante la Resolución N.° 0923-2021-JNE.
Actualmente, este proceso de internas se encuentra en el periodo de elaboración de los padrones de electores afiliados de las organizaciones políticas, para lo cual la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) ha remitido la información correspondiente al Reniec.
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Para participar en las elecciones internas, de acuerdo con la normativa establecida, las organizaciones políticas deben contar con un órgano electoral que, a su vez, debe tener un presidente o titular debidamente inscrito ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
El JNE entregará a los presidentes de los órganos electorales de los partidos políticos y movimientos regionales, a través de su respectiva casilla electrónica, la clave de acceso al sistema informático “Declara Internas” para la presentación de sus listas de candidatos.
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