Exclusión de candidatos se gestó en la Comisión de Constitución
Exclusión de candidatos se gestó en la Comisión de Constitución

“¿Te das cuenta de lo que hemos aprobado?”, le dijo el nacionalista Fredy Otárola a Jaime Delgado en el hall de los pasos perdidos del Congreso, después de conocerse el fallo del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 que excluyó al candidato presidencial César Acuña por haber infringido el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, que prohíbe la entrega de dádivas en campaña. 

Delgado, de la bancada Dignidad y Democracia (DyD), fue el autor del proyecto de ley en que se basó la norma; y Otárola, el presidente de la Comisión de Constitución que elaboró el texto final que tiene en vilo el proceso electoral. 

Antes del proyecto de Delgado existió otro de Justiniano Apaza (DyD) que buscaba prohibir que “los candidatos al Congreso” entreguen dádivas en campaña. La iniciativa, de junio del 2015, nunca se debatió. 

Por eso se considera a Delgado padre de la actual ley. Lo que pocos conocen es que su proyecto original no planteaba la exclusión del candidato como sanción. Este, presentado el 2 de setiembre del 2015, proponía solo declarar “conducta prohibida” la entrega de dinero “de manera directa o a través de terceros”. 

También, sugería incorporar el artículo 14.4 en que esta “conducta prohibida” se sancionaría con la cancelación de la inscripción del partido del candidato infractor de la norma. 

“Como no funcionaba la eliminación del voto preferencial, muchos congresistas vieron en esta norma la posibilidad de emparejar el suelo congresal. Existen millonarias campañas dedicadas a dar regalos y eso perjudicaba a los candidatos con menos recursos que intentan convencer con propuestas”, explica Gustavo Gutiérrez, asesor de la Comisión de Constitución del Congreso cuando se aprobó la norma. 

La ley tuvo un trámite rápido en la comisión que presidía Otárola. El texto final estuvo listo en 15 días. Existieron tres versiones, y desde la segunda se incorporó como sanción la exclusión del candidato y una multa para el partido. 

Según Gutiérrez, Otárola fue el que incluyó el tema de la exclusión, pues era “excesivo” afectar al partido político con el retiro de su inscripción, la sanción establecida en la ley respecto a las “conductas prohibidas”.

Los órganos electorales que se presentaron al Congreso tampoco mostraron reparos. Jaime Delgado recuerda que solo el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Francisco Távara, expresó que sería difícil llevar a cabo el control de los regalos. 

“Yo le dije que el control social ayudaría y eso es lo que está pasando. [...] Esta norma ha revelado cómo se venía comprando votos con regalos que implicaban gastos que no eran registrados en los reportes dados ante la ONPE”, justifica el ex nacionalista. 

La norma fue aprobada sin ninguna objeción junto con otras modificaciones a la Ley de Organizaciones Políticas. Luego fue observada por el Poder Ejecutivo. El Congreso insistió y, tras una larga demora, el Gobierno la promulgó el 17 de enero pasado. “Ahora en perspectiva puedes decir que la exclusión es muy severa, pero en su momento nadie se quejó”, dice Delgado.

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