El coordinador de las fiscalías contra el crimen organizado a nivel nacional, Jorge Chávez Cotrina, fue quien presentó la acusación y logró la sentencia de 27 años, contra el narcotraficante, Fernando Zevallos, por el caso de lavado de activos . (Foto: GEC)
El coordinador de las fiscalías contra el crimen organizado a nivel nacional, Jorge Chávez Cotrina, fue quien presentó la acusación y logró la sentencia de 27 años, contra el narcotraficante, Fernando Zevallos, por el caso de lavado de activos . (Foto: GEC)
Karem Barboza Quiroz

El fiscal superior , coordinador de las Fiscalías Contra el a nivel nacional, advirtió que si la Corte Suprema acoge la opinión del fiscal supremo , para anular la condena del narcotraficante , sería nefasto para la historia jurídica del país.

MIRA: Fernando Zevallos: Sala evalúa este jueves pedido para anular condena a 27 años por lavado de activos

Chávez Cotrina, quien logró la condena de 27 años contra Zevallos -alias “Lunarejo” en febrero del 2019 por el delito de lavado de activos- conversó con El Comercio y en la siguiente entrevista lamentó la posición Rodríguez Monteza. Consideró que volver a llevar un nuevo juicio oral contra esta organización criminal sería imposible.

¿Cómo ha tomado la opinión que el fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza entregó a la Corte Suprema para anular la condena a 27 años años contra el narcotraficante Fernando Zevallos y su organización criminal por el delito de lavado de activos?

El que hizo la acusación contra Zevallos he sido yo, hemos ido a juicio oral y nosotros logramos la sentencia. Yo personalmente fui a realizar la acusación en el alegato oral y todo mi equipo hemos participado durante más de tres años en las audiencias. Ha sido un juicio larguísimo, complicado y complejo. Ahora, que pretendan tumbarlo así como parece que pretenden hacerlo, me parece inaudito.

Hay un tema central que se verá en el debate y que el fiscal Rodríguez Monteza sostiene: que las leyes que se le aplicaron a los condenados no estaban vigentes al momento de los hechos y, por tanto, no aplicarían para el caso de Fernando Zevallos…

Lo que ocurre es que, en el Código del año 1991, el artículo 296, no recuerdo si es el literal A o B, ya habla de lavado de activos o dinero producto del narcotráfico. Lo que he visto es que supuestamente el delito de lavado de activos, es delito en 2007, y eso no es verdad; para temas de narcotráfico es desde que existe el Código Penal -pues ya existía el tipo penal del 296-. Lo que pasa es que después se modifica y se da una Ley especial de lavado de activos, pero la norma sigue en pie.

El Colegiado E de la Corte Especializada en Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios sentenció a 27 años de prisión al ex dueño de Aerocontinente, Fernando Zevallos, por el delito de lavado de activos. (Foto: Archivo GEC)
El Colegiado E de la Corte Especializada en Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios sentenció a 27 años de prisión al ex dueño de Aerocontinente, Fernando Zevallos, por el delito de lavado de activos. (Foto: Archivo GEC)

Claro, pero ellos alegan que para el tiempo en que se habrían cometido los hechos, no existía una tipificación…

Nosotros hemos hecho en la acusación una diferenciación temporal, de tal fecha a tal fecha se aplica esta ley, de esta a otra fecha esta norma; eso lo hemos dicho en la acusación. Pero por allí no va el tema, porque el señor Rodríguez Monteza dice que es un conducta atípica y eso no es así.

Y bajo ese argumento está opinando, oficialmente, que dicha condena se anule… una condena que a la fiscalía y a usted le costó tres años obtenerla...

Es un caso que, desde que se inició la investigación preliminar, ha durado casi dieciocho años. Lo que he leído en los periódicos es que él opina por el tema de la aplicación temporal de la norma y porque no hemos estimado bien la prueba indiciaria. Yo creo que eso está totalmente equivocado porque nosotros hemos presentado todas las pruebas en el juicio oral y fueron debatidas correctamente, tanto por la fiscalía como por la defensa. La sentencia fue perfectamente motivada, él tiene otra opinión, una opinión respetable, pero que nosotros no compartimos.

¿Qué efectos tendría si la tesis del fiscal Rodríguez Monteza es acogida en la Corte Suprema?

Yo espero que no la acepten, en primer lugar. Creo que es una opinión, porque así lo manda la Ley, no es vinculante para la Corte Suprema, (porque esta) puede tomar en cuenta parte, toda o nada de su opinión. Espero que la Corte Suprema, con mayor criterio -además hay que tener en cuenta que en la Corte Suprema son cinco vocales supremos con mayor estudio- pueda confirmar la sentencia de lavado de activos.

Pero cuál sería el efecto, en el supuesto de ser aceptada, para los precedentes vinculantes u otros casos…

Pero no solo es eso, imagínese usted empezar un juicio oral donde los testigos ya no existen ¿Usted sabe lo difícil que fue para nosotros después de varios años ir a juicio? Documentos, testigos que a estas alturas ya muchos han muerto. Entonces, es prácticamente absolverlos, porque un nuevo juicio contra esa organización criminal va a ser imposible de realizar, así de simple, por la cantidad de acusados y la complejidad del caso. El juicio oral nada más, duró tres años. Entonces, yo creo que sería nefasto para la historia jurídica de nuestro país que la Corte Suprema tome en cuenta la opinión del doctor Rodríguez Monteza.

¿Un análisis jurídico como el que hace el fiscal Rodríguez Monteza es perjudicial para casos tan complejos como el de Fernando Zevallos?

Independientemente de quién haya firmado el documento, lo puede firmar Rodríguez Monteza u otro; en sí, esa resolución es un desastre jurídico.

¿Le sorprende que este tipo de análisis la realice un fiscal supremo?

Habrá que ver también quién es el equipo de fiscales que lo apoya, pero más allá de quién lo haya hecho incluso, le repito, es nefasto para la historia jurídica de nuestro país una opinión de esa naturaleza; y más nefasto que la Corte Suprema pueda opinar igual.

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