Ocho inmuebles de propiedad de Willy Huerta Oliva, exministro del Interior de Pedro Castillo, con un valor que supera los S/2 millones, fueron embargados por el Poder Judicial (PJ), en el marco del proceso que se le sigue por el Golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
La reciente medida judicial, aplicada contra los bienes de Huerta Oliva, fue adoptada por el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, a fin de garantizar una posible reparación civil al término del proceso seguido contra el exministro y otros por el presunto delito de rebelión.
Entre los bienes embargados figuran inmuebles en el Cercado de Lima, Jesús María y Pueblo Libre.
Huerta no es el único afectado con la medida. El PJ también dictó similar decisión sobre los bienes del vacado expresidente Pedro Castillo, la ex primera ministra Betssy Chávez y el exasesor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, con la finalidad de que no puedan ser ocultados de la acción de la justicia ante una posible sentencia condenatoria.
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Todos ellos, junto al exministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, son procesados por afectar el orden constitucional.
La fiscalía ha pedido penas entre los 34 y 15 años de cárcel. Actualmente, el Poder Judicial está pendiente de señalar fecha para el inicio del juicio oral, luego que el juez Checkley Soria emitió el auto de enjuiciamiento.
Según la acusación del Ministerio Público (MP), la mañana del 7 de diciembre de 2022 -fecha en la que se iba a someter a debate la moción de vacancia contra Pedro Castillo- se produjo una reunión en Palacio de Gobierno, entre Betssy Chávez Chino, Aníbal Torres y el entonces mandatario.
En esa reunión, acordaron que Castillo debía disolver el Congreso de la República e implementar en el Perú un Estado de excepción, lo que implicaría el uso de las Fuerzas Armadas para tomar el control de los diferentes poderes del Estado y demás entes autónomos, principalmente del Sistema Nacional de Justicia.
Es así que, aproximadamente a las 11:40 horas de la fecha en mención, Castillo Terrones emitió en vivo un Mensaje de la Nación anunciando el cierre del Parlamento, y ordenando la intervención de organismos autónomos.
¿Cuál habría sido la participación de Willy Huerta? Según la fiscalía, en su condición de ministro del Interior, se habría extralimitado en sus funciones y coadyuvado a vulnerar el orden constitucional y los poderes del Estado con la pretendida disolución del Congreso, cierre y reorganización del Poder Judicial, así como de instituciones autónomas como Ministerio Público, Junta Nacional de Justicia, entre otros, que derivó en una conmoción social de gran envergadura.
En ese orden de ideas, el exministro acudió a Palacio de Gobierno donde habría sido informado de lo que haría Castillo Terrones, por tanto tenía conocimiento de acto inconstitucional.
Y, no solo ello, luego del anuncio, habría colaborado para trasladar las órdenes de la toma del Congreso. Según la declaración de Raúl Enrique Alfaro Alvarado, entonces jefe de la PNP, recibió una llamada vía WhatsApp del exministro del Interior, Willy Arturo Huerta Olivas, quien le indicó que en ese momento se encontraba en Palacio de Gobierno y lo iba a comunicar con Castillo Terrones.
Inmediatamente, le pasó el teléfono al entonces presidente quien le indicó: ‘General cierre el Congreso, no permita el ingreso de ninguna persona y saque a los que están adentro e intervenga a la fiscal de la Nación, además (...) teníamos que dar seguridad a la casa de sus padres, de la premier Betssy Chávez Chino y del Dr. Aníbal Torres Vásquez’ (…)”.
Dichos actos, según la fiscalía, involucrarían a Huerta Olivas, para la comisión del presunto delito de rebelión. Por ello, ha pedido 25 años de pena privativa de libertad en su contra.
Medida ante riesgo de transferencia u ocultamiento
El requerimiento de embargo en forma de inscripción e inhibición de los ocho bienes de propiedad de Willy Arturo Huerta Olivas fue presentado por la Procuraduría General del Estado (PGE) por S/2′287,271.11 como parte del aseguramiento de la pretensión civil total requerida en el proceso, que asciende a S/67′711,048.33.
Para la PGE, la medida era necesaria frente al riesgo fundado de insolvencia, ocultamiento o desaparición de los bienes. Ello, debido a que el acusado podría transferirlos real o ficticiamente y bajo cualquier título, buscando así evadir la responsabilidad pecuniaria derivada de los delitos que se le imputa y, por tanto, podría afectar el cumplimiento del pago de la futura reparación civil a favor del Estado.
Agregó que dicha medida era la menos gravosa puesto que la inscripción del embargo impediría la enajenación del bien y la inhibición que el procesado pueda disponer de ellos.
Frente a ello, el juez supremo de investigación preparatoria, Juan Carlos Checkley, coincidió en que había elementos para determinar que podría importar un riesgo, teniendo en cuenta que el presunto delito de rebelión que se le imputa, importa un reproche trascendente, pues existiría incumplimiento de deberes de un alto funcionario público.
“Es conocedor del reproche penal que acarrean conductas delictivas y tal como se habría desarrollado la actividad delictiva, está en la capacidad para disponer libremente de sus bienes, declarándose insolvente, y de esta forma evitar resarcir el daño causado por el probable delito cometido.”
Juan Carlos Checkley, juez supremo de investigación preparatoria
Sumado a ello, el magistrado explicó que los actos imputados a Huerta Oliva afectaron la imagen institucional del Ministerio del Interior y del propio país, impactando de manera negativa en la apreciación de la sociedad, por lo que se justifica el monto total solicitado por la Procuraduría como reparación civil; así como la suma por la cual se solicita la medida de embargo e inhibición.
Por tanto, Checkley Soria sostuvo que se cumple con los presupuestos establecidos para declarar “fundada” la medida presentada por la PGE de embargo en forma de inscripción y orden de inhibición por la suma total de S/2′287,271.11 sobre los ocho bienes de propiedad de Huerta Oliva.
En declaraciones a El Comercio, el exministro Willy Huerta, señaló que respeta la decisión judicial, pero indicó que dichos bienes son parte de una herencia paterna y no están relacionadas a los hechos.
“Son parte de una herencia de mis padres y en todo caso esas propiedades fueron vendidas con mucha anticipación, en el 2020 y 2021, como parte de que a veces uno compra y vende para tener un patrimonio para su familia ¿no?”, exclamó.
Huerta Oliva consideró como “injusta” la decisión asegurando que el proceso seguido en su contra, por el presunto delito de rebelión, no ha sido adecuadamente analizado.
El exministro insistió en que lo ocurrido el 7 de diciembre del 2022 no fue un mensaje a la Nación por parte de Pedro Castillo Terrones, sino un “comunicado”. Ello, dijo, porque un discurso como el atribuido debe ser aprobado por el Consejo de Ministros y ello no ocurrió.
Además, sostuvo que tampoco conocía lo que Castillo diría en su comunicado y negó haber conocido el contenido de la conversación que el expresidente sostuvo con el exjefe de la PNP, Raúl Enrique Alfaro Alvarado.
“La llamada sí existió, eso yo lo he declarado siempre, pero el contenido de la llamada yo no conocía, porque yo no escuché. El mismo señor Alfaro dijo en su declaración, que según lo dijo que Castillo le dijo que cierre el Congreso y detenga a la fiscal, pero a la fecha no está probado eso”, indicó.
En ese sentido, Huerta Oliva alegó que la reparación civil solicitada por la Procuraduría General del Estado no se condice con lo ocurrido, puesto que a su entender, la alteración del orden público no ocurrió el 7, 8 o 9 de diciembre; sino a partir del día 10 de diciembre del 2022 y por tanto, se tendría que ver quién estuvo en el poder en ese momento.
El exministro aseguró que continuará defendiéndose y señalando que no tuvo nada que ver con lo sucedido el 7 de diciembre del 2022, puesto que tampoco hubo un golpe de Estado, ni participación de las Fuerzas Armadas.
Finalmente, señaló que aún no ha decidido si apelará o no el embargo de sus bienes, ya que tendría que analizarlo con su abogado.
“No sé si valdrá la pena (apelar), pero considero, como todo ciudadano afectado en lo personal y patrimonial, tendría que analizarlo, porque no nos escuchan ni con razones ni con pruebas, tendría que analizarlo con mis abogados.”
Willy Huerta, exministro del Interior.
Los bienes embargados de Castillo y otros acusados
La reciente orden de embargo, en forma de inscripción e inhibición, del Poder Judicial se suma a similares medidas adoptadas contra otros acusados como el caso de Pedro Castillo.
Hasta el momento, el vacado exmandatario acusado por presunta rebelión y abuso de autoridad, mantiene embargado en forma de inscripción, tres bienes inmuebles ubicados en Chota (Cajamarca).
La medida fue dictada por el juez supremo Juan Carlos Checkley sobre los derechos y acciones de imputado Castillo Terrones por S/ 67′711,048.33, monto solicitado como reparación civil de manera solidaria.
El PJ también mantiene embargados nueve bienes, entre departamentos, estacionamientos y un vehículo de propiedad de Aníbal Torres, acusado también por el “Golpe de Estado” en su condición de exasesor de la PCM, durante el gobierno de Castillo.
El magistrado a cargo de la investigación preparatoria dictó la medida, en forma forma de inscripción, también como parte del monto solicitado como reparación civil de manera solidaria.
Cabe precisar que, la PGE también solicitó la medida cautelar de embargo en forma de retención sobre todas las cuentas bancarias y de crédito que registre a su nombre Torres Vásquez en las entidades financieras citadas hasta por S/1′000,000 (un millón de soles). Sin embargo el PJ rechazó este extremo del requerimiento.
Sobre el exministro Roberto Sánchez, no existe algún registro de inscripción de embargo, ya que según la Sunarp, no registra bien inmueble a su nombre.
Sobre la expresidenta del Consejo de Ministros, Bettsy Chávez, a quien recientemente se le amplió la prisión preventiva, el PJ mantiene inmovilizado una vivienda ubicada en Tacna.
Esto, luego de que se detectó que el bien inmueble, vinculado a la exministra fue transferido a una tercera persona a través de un contrato de compra venta.
Para la Procuraduría General, dicha actividad habría sido una venta “simulada” por parte de Chávez Chino.
“La adquisición de la propiedad por parte de Celestina Mamani es un acto de simulación absoluta porque en la cláusula tercera de la escritura pública señala que el precio pactado y convenido por la compraventa del predio es S/136,500.00 soles al contado, el cual se efectúa con depósito en cuenta; la vendedora declara haber recibido el pago del precio de la compradora, a su entera satisfacción, y que las firmas al final son suficiente prueba de la cancelación”, señaló la PGE.
El juzgado concluyó que era adecuado dictar una “medida de anotación” de la solicitud de nulidad de transferencia -que podría ser ejecutada luego del juicio oral.
Consideró que al publicitar la existencia del proceso penal contra Chávez Chino y hacer constar a nivel registral, la posibilidad que se declare la nulidad de dicha transferencia, permitiría proteger un inmueble que podría servir para el pago de una posible reparación civil.