De acuerdo a la decisión del JNE, el ahora exalcalde infringió el artículo 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades. (Foto: Andina)
De acuerdo a la decisión del JNE, el ahora exalcalde infringió el artículo 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades. (Foto: Andina)
Redacción EC

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó en el diario Oficial El Peruano la resolución que declara fundado el recurso de apelación, interpuesta por Pedro Favio García Riega, quien solicitó la vacancia del alcalde distrital de San Luis, David Ricardo Rojas Maza.

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De acuerdo a la parte resolutiva de la decisión del JNE, el ahora exburgomaestre infringió el artículo 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades, beneficiando con un contrato de servicios a la empresa de un allegado suyo y también acreedor de la comuna.

Causal de vacancia

La decisión del JNE es como resultado de la audiencia pública virtual donde se revisó el recurso de vacancia presentado contra Rojas Maza, por la compra de un vehículo a Jesús Zúñiga, cuya empresa International Maquinarias Perú S.A.C., además fue contratada como proveedora del municipio.

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La empresa de Zuñiga firmó un contrato el 24 de junio de 2019 por el servicio de alquiler de minicargador, elevador de tijera y miniexcavadora, por el monto de S/. 12,744; mientras que el 03 de diciembre de ese mismo año, se le contrató por el servicio de alquiler de maquinaria, por un monto de S/. 19,942.

“El alcalde le compra la camioneta a su vecino, amigo de él, en 30 cuotas, y durante ese período, el amigo se convirtió en proveedor de la municipalidad, ganando dos órdenes de servicio, que coincidentemente suman casi el mismo valor del vehículo”, denunció el vecino peticionario de la vacancia, Pedro García, durante la realización de la audiencia.

Teniente alcalde asumirá la conducción de San Luis

Tras la vacancia, la autoridad electoral convocó al teniente alcalde de San Luis, Zee Carlos Corrales Romero, a fin de que asuma el cargo de alcalde del distrito y complete el período edil 2019-2022.

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