Como titular de la Procuraduría General del Estado (PGE), Daniel Soria dirige la entidad que participa como parte agraviada y defensa del Estado en la investigación a Dina Boluarte por las muertes en las protestas contra su gobierno. Investigación que, según explica en diálogo con El Comercio, deberá cerrarse en las próxima semanas con una decisión de la fiscal de la nación: denunciar constitucionalmente a la presidenta o archivar el caso.
Por otro lado, un informe de la Contraloría al que accedió este Diario ha concluido que el procurador no cumple con la Ley de Idoneidad y podría resultar en los próximos días en su cese del cargo. El escenario rima con lo escrito durante el gobierno de Pedro Castillo, cuando este y Aníbal Torres lo destituyeron luego de un informe similar del órgano de control, solo para que el Poder Judicial lo restituya meses después. Soria rechaza el resultado de este nuevo documento, defiende que sí cumple con los requisitos y le pide al ministro de Justicia tomar una decisión sobre el tema. Además, asegura que hay una llamativa coincidencia entre ambos informes: fueron firmados por los mismos auditores.
—¿Qué pasó en la diligencia con la presidenta Dina Boluarte? Su abogado ha tratado de decir que no guardó silencio
A esa diligencia asistieron dos abogados de la Unidad Funcional para Casos de Altos Funcionarios, que está adscrita a mi despacho. Tenía como finalidad realizar preguntas referidas a los delitos que se le imputan a la presidenta. Luego de una pregunta inicial que formuló la fiscalía, a la cual respondió la presidenta, inmediatamente después declaró que manifestaba hacer ejercicio de su derecho a guardar silencio. Sin embargo, los abogados de la PGE manifestaron que si bien respetaban ese silencio, consideraban que las 47 preguntas que se había preparado tenían que incorporarse en el acta. Ya era la última oportunidad en la que iba a haber una diligencia con la presidenta, en poco más de un mes todas las diligencias van a terminar.
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—¿Y esas diligencias van a terminar a fines de mes sin que la presidenta haya respondido esas 47 preguntas?
Es correcto. Hay que tomar en cuenta que no existe una prueba privilegiada. Se toman en cuenta las declaraciones de la presidenta, pero también las de los testigos y algunos otros elementos que evalúe el Ministerio Público. El Ministerio Público hace una evaluación de todos los elementos en conjunto para llegar a la verdad y de ser el caso, decida hacer la denuncia constitucional correspondiente, porque por ser altos funcionarios tiene que pasar por el Congreso, o si decide archivar.
—¿Sobre qué temas en específico querían preguntar a la presidenta?
No puedo dar el detalle de las preguntas porque todavía estamos en una fase que es reservada, solo para las partes, pero sí puedo decir que estaban relacionadas con buscar la verdad sobre los hechos imputados a la presidenta. No se trata de investigar hechos imputados a otros posibles actos, policías, etc.
—Entonces la investigación preliminar terminará sin que Dina Boluarte no haya podido responder ninguna pregunta de la PGE...
Correcto. Estando las preguntas incluidas en el acta, la Fiscalía de la Nación evaluará su pertinencia y si se puede buscar respuestas de ellas con el resto de elementos de convicción, las declaraciones testimoniales, etc.
"La investigación no se basa solo en la declaración de la presidenta, va a llegar a término, determinando si hubo delito, del análisis de todas las declaraciones y pruebas que se presenten"
—¿La presidenta, con su silencio, colabora con la averiguación de la verdad?
Frente al ejercicio de ese derecho, la fiscalía no puede hacer mucho. Pero la investigación no se basa solo en la declaración de la presidenta, va a llegar a término, determinando si hubo delito, del análisis de todas las declaraciones y pruebas que se presenten. La declaración de la presidenta no tiene un estatus privilegiado respecto al resto de declaraciones. La idea es que el Ministerio Público, como titular de la investigación, tiene que hacer un análisis de todas las pruebas por igual. Entre todas ellas, tiene que llegar a una verdad.
—Dada su condición de presidenta, ¿no hubiese sido lo ideal que dé respuestas?
Sí, por cierto, hubiera sido lo ideal; pero reitero: estamos ante el ejercicio de un derecho constitucional.
—¿Es un silencio que no colabora con la averiguación de la verdad?
Lo que pasa es que ese silencio se tiene que contrastar con los otros elementos probatorios, las otras declaraciones testimoniales. Y el Ministerio Público, en función de esa comparación entre el silencio y el resto de declaraciones, tiene que llegar a un conclusión, a una verdad sobre si cometieron o no los delitos que se imputan.
—¿Hay alguna declaración que contradiga la defensa de la presidenta respecto a que ella no tenía comando sobre las fuerzas del orden?
No puedo entrar en detalles sobre el sentido de las respuestas dadas por los testigos. Pero nuevamente: el hecho de no declarar o guardar silencio es una conducta que se puede contrastar con afirmaciones hechas por un conjunto de testigos. Eso va a hacer que la fiscalía llegue a una conclusión.
—Una vez que la fiscalía termine su investigación a la presidenta y ministros, ¿tendrá que decidir si la archiva o si presenta una denuncia constitucional al Congreso?
Sí, las posibilidades son que la fiscalía denuncie por los tres delitos imputados, que son genocidio, homicidio y lesiones; solo por dos de ellos o solo por uno de ellos; o por ninguno. De hacerse la denuncia constitucional, esta pase al Congreso para que sea evaluada en un procedimiento de acusación constitucional. Pero tenemos que tener en cuenta el artículo 117 de la Constitución, que establece hechos concretos por los que se puede acusar a un presidente en su mandado. Estos hechos de homicidio, lesiones, no están en esa lista. Allí se va a generar todo un debate jurídico sobre si este artículo se aplica a rajatabla o hay que interpretarla con el conjunto de la Constitución para dar pase al siguiente momento de la investigación: la formalización de la investigación, la eventual acusación y su pase a juicio. Entonces, la etapa del Congreso va a ser determinante, sobre todo por la vigencia de este artículo 117.
—¿Cuál su postura como procurador general? ¿Es posible denunciar constitucionalmente a la presidenta, durante su mandato, por estos delitos?
Tenemos que distinguir entre el acto de denunciar, que la fiscal de la Nación presente la denuncia en el Congreso; y la parte de la acusación constitucional, donde el trámite se da entre la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, la Comisión Permanente y el pleno del Congreso. La fiscal de la Nación, desde nuestro punto de vista, sí puede presentar la denuncia constitucional contra la presidenta Boluarte ante el Congreso. El problema no está ahí, el problema es [que] interpretar el 117 impediría que posteriormente, la Comisión Permanente haga la acusación ante el pleno, éste la apruebe y pase todo nuevamente al Ministerio Público. Esa fase congresal es la que tiene que analizarse a la luz no solo del 117, sino de la Constitución en su conjunto.
—Se entiende que la fiscalía ya tiene una postura a partir de que presentaron una denuncia constitucional contra Pedro Castillo, en octubre del 2022, cuando aún era presidente por delitos de corrupción, que no están en el 117. ¿Ese debería ser el precedente para el Ministerio Publico?
Sí, pero debemos tener en cuenta que el presidente Castillo luego dejó el cargo debido al golpe de estado del 7 de diciembre...
—Y le ahorró al Congreso esa discusión sobre el artículo 117...
Claro, se la ahorró porque ya no estaba en el cargo. Pero este es un supuesto distinto porque esa una acusación constitucional que se tendría que tramitar estando la persona en ejercicio del cargo. Aquí tenemos este tema del 117, que es un artículo del 117 y que no es compatible con una idea actual que tendríamos que tener de lucha contra la corrupción. O en todo caso, debería existir un supuesto también para que se acuse al presidente en el Congreso por delitos de corrupción o delitos también contra los Derechos Humanos.
—Esa será una discusión en el Congreso, ¿pero cuál es su postura particular, el Congreso podría acusar a la presidenta durante su mandato?
La opción interpretativa restrictiva es que no, porque el 117 tiene solo cuatro supuestos y esos delitos no están en esos supuestos. Pero si hacemos una interpretación más integral de la Constitución, tomando en cuenta el reconocimiento de los derechos fundamentales, la obligación del Estado de proteger los derechos fundamentales y sancionar violaciones a los derechos fundamentales, una interpretación integral no nos podría llevar al hecho de que la comisión de estos delitos contra los derechos humanos no puedan ser juzgados de manera inmediata.
—Volviendo a la investigación, de lo recabado hasta ahora, ¿hay elementos para que la fiscalía proceda con la denuncia constitucional contra la presidenta por este caso?
No hemos terminado de hacer la evaluación, porque todavía hay testimoniales que se están desarrollando. Lo serio es que luego de que tengamos todos los elementos que se van a evaluar, poder hacer el análisis integral y llegar a la conclusión. No podríamos precipitarnos a dar esa respuesta ahora, todavía el acopio de información no ha terminado y tenemos todos el mes de octubre.
—Entonces, lo cierto es que en las próximas semanas la fiscalía tendrá que evaluar si denuncia constitucionalmente o no a la presidenta y los ministros investigados...
Sí, es correcto. Luego de que acaben todas las testimoniales, y si el Ministerio Público considera que no hay otras actuaciones que realizar, tiene ya que llegar a una conclusión y decidir si denuncia constitucionalmente por los tres delitos, por dos o por uno; o por ninguno y lo archiva. Tiene que llegar a una conclusión respecto de todos ellos.
—La defensa de Dina Boluarte ha dicho que no reconoce la participación de la Procuraduría como parte agraviada en la investigación, ¿qué responden a eso?
La respuesta es que ya la Corte Suprema ha ratificado, a través del juez supremo Juan Carlos Checkley, nuestra tutela de derechos. La primera vez que no nos dejaron participar, la PGE presentó una tutela de derechos que fue declarad fundada por el juez, decisión que impugnada por el Ministerio Público ante la Sala Penal Especial. Y el día de la audiencia, el Ministerio Público de desiste, con lo cual la decisión de primera instancia quedó firmo. Por lo tanto, tiene que cumplirse y aplicar en la investigación fiscal. Esa resolución ratifica nuestro derecho a participar en esa diligencia y ese derecho no puede ser dejado de lado. Hay el respaldo de una decisión de la Corte Suprema.
Informe de control interno
—El Comercio accedió a un informe reciente de la Contraloría, específicamente del Órgano de Control del Ministerio de Justicia. Allí se concluye que hubo una supuesta irregularidad en un proceso de verificación de su idoneidad para el cargo, se insiste en que no tenía la experiencia previa para ser nombrado y se ha recomendado al ministro “tomar las acciones que correspondan”. ¿Qué responde a ese informe?
Lo rechazo total y absolutamente en su contenido. Rechazo las conclusiones a las que llega, de que yo no cumplo con los requisitos de Ley de Idoneidad (Ley 31419). Lamento que la Contraloría emita estos informes. Ese informe ha sido suscrito por dos auditores, Jorge Antonio Llamoctanta Trejo y José Carlos Guerrero Flores. Tengo que recordar que son los mismos que emitieron, en enero del 2022, el informe donde concluían de que yo no cumplía uno de los requisitos de la ley de la PGE para ser procurador. Ese informe fue remitido al entonces ministro de Justicia, Aníbal Torres, y en base a ese informe, a través de un oficio, él dispuso que se emita la resolución que me cesó en el cargo ilegalmente [...] Estos mismos señores ahora mencionan en este informe que no cumplo con la Ley de Idoneidad, que fue emitida posteriormente en febrero del 2022. Establecía requisitos adicionales a los ordinarios que tenían que cumplir funcionarios que solo dependían de la confianza de los titulares de las entidades, pero fue ampliada en marzo del 2023 a cargos de remoción regulada, como el mío.
—Es decir, fue ampliado por el gobierno de Dina Boluarte...
Sí, correcto. Es remoción regulada porque solo pueden ser removidos por falta grave establecida en las normas. Como se dio esa extensión en marzo del 2023, se dispuso que se revise si estos funcionarios cumplían con la ley. Por eso, las oficinas de Recursos Humanos de la PGE y del Minjus emitieron informes evaluando si yo cumplía esos requisitos y concluyeron que sí los cumplía. Los requisitos adicionales eran contar con formación superior completa, que lo tengo; ocho años de experiencia general laboral, tengo más de 24 años de experiencia; y cinco años de experiencia específica en puestos de directivo o de nivel jerárquico similar en el sector público y privado; en ese rubro, tengo 17 años de experiencia como directivo en la Pontificia Universidad Católica del Perú y también contaron los dos años que ya ejercía yo el cargo de procurador general del Estado.
"Rechazo total y absolutamente (el contenido del informe de Contraloría sobre el Órgano de Control del Ministerio de Justicia). Rechazo las conclusiones a las que llega, de que yo no cumplo con los requisitos de Ley de Idoneidad"
—¿Entonces qué dice el informe?
Dice que no solamente hay que evaluar eso, sino también el anterior informe que hicieron (el de enero del 2022), donde concluyeron que el procurador no cumple un requisito de la Ley de la Procuraduría. Estamos hablando de un informe que fue el sustento de la resolución de mi cese y que yo, a través de un proceso de amparo, lo dejo sin efectos. Quisiera mencionar algo claramente: los auditores Llamoctanta y Guerrero aparecen sospechosamente en una línea de tiempo que se inicia en diciembre del 2021, cuando denuncio al presidente Pedro Castillo por el caso del puente Tarata, con la que la fiscal de la Nación abre investigación preliminar el 4 de enero del 2022. Al día siguiente, luego de que el ministro Aníbal Torres hablara en su despacho con el abogado del presidente, Eduardo Pachas, declara públicamente que yo no cumplo los requisitos para ser procurador y inmediatamente pide la Contraloría un informe. Ese informe, firmado por los señores Llamoctanta y Guerrero, es difundido públicamente el 31 de enero y me cesan al día siguiente. Quisiera hacer un público llamado de atención a la Contraloría. Cuestiono la idoneidad de estas personas respecto de la evaluación que están haciendo.
—¿Hay una nueva intención de removerlo del cargo con argumentos que ya se usaron durante la época de Castillo?
Es un deja vu, una situación que se está repitiendo tal cual, un informe de mis requisitos que ya se ha enviado al ministro Eduardo Arana. Hay dos posibilidades: el ministro acepta el informe o no lo acepta porque considera que los argumentos no son adecuados. Si lo acepta, cabría que él envíe a la presidenta Boluarte una resolución suprema disponiendo mi cese y probablemente, una segunda resolución suprema designando un nuevo procurador. Entonces, quiero hacer una invocación pública al ministro Arana, y reconozco que su gestión ha estado ayudando a la PGE. La invocación es que por favor, con todo respeto, se pronuncie de manera inmediata sobre este tema. Si va a seguir las conclusiones de este informe, pues que tome las medidas del caso. No por mí, porque creo que los profesionales de la PGE merecen que este tema se aclare cuanto antes. Y se aclarará con la decisión que tome el Ministerio de Justicia.
—Y si lo destituyen como en el 2022, ¿recurrirá al Poder Judicial para que lo repongan en el cargo?
Mi reacción será acudir nuevamente al Poder Judicial, a la justicia constitucional, porque yo rechazo total y absolutamente la evaluación hecha en este informe. Por lo tanto, voy a cuestionar esta decisión, si este informe de Contraloría es utilizado para la consecuencia lógica que vendría, sería mi cese.
Y hay un tema adicional: si estamos hablando de incumplimiento de requisitos, varios podrán declarar la nulidad, por ejemplo, de todos los acuerdos del Consejo Directivo de la PGE en los que yo estuve presente. Entre ellos la designación de nuevos procuradores públicos, la creación de la Unidad Funcional de Altos Funcionarios, las delegaciones a los abogados que han asistido a las diligencias que se han visto sobre todos los casos de altos funcionarios en los que participamos. Si estamos hablando de una persona que supuestamente nunca cumplió los requisitos, sus actuaciones son nulas entonces. Sería como unas fichas de dominó que caen, una empujando a la otra. Eso sería otro periodo de crisis en el que entraría la PGE.
—Si lo cesan con una causal contemplada en la ley, no como Pedro Castillo que lo retiró por “pérdida de confianza”, ¿habría una base legal para ganar en la vía judicial?
Sí tendría base poder acudir al Poder Judicial porque la evaluación jurídica hecha en este informe Contraloría es errónea [...] Si usted pide por acceso a la información pública los antecedentes que dieron origen a la resolución [de su cese durante el gobierno de Castillo], encontrará que se sustenta en ese informe de auditoría [de enero del 2022]. Hay un oficio del ministro Aníbal Torres dirigido al secretario general del ministerio para que, como consecuencia de ese informe Contraloría, se tomen las acciones que correspondan. Y esas acciones fueron la emisión de la resolución [donde lo cesaron]. Yo cumplo los requisitos del Decreto Legislativo 1326, que es la ley que crea la PGE, así como también la norma que posteriormente se dio, la Ley de Idoneidad y su extensión a funcionarios como el procurador general.
—Decía que esos auditores aparecen “sospechosamente” en la línea de tiempo de su remoción luego de denunciar a Pedro Castillo. ¿A qué atribuye que vuelven a aparecer en este momento?
Eso es precisamente lo que deseo averiguar. Hay un elemento ahí preocupante, que estos señores aparecen nuevamente, pero no solo eso, sino que en este informe de septiembre [del 2023] pretenden aplicar también el informe que emitieron en enero del 2022. Lo mencionan como un elemento de evaluar.
—¿Ha tratado de comunicarse o enviar un oficio al respecto al contralor Nelson Shack?
En su momento, cuando todo esto se decida, yo voy a tomar las medidas del caso contra estos señores y veré también si le dirijo una comunicación al contralor. Pero ahora, emitido este informe y estando en el despacho del ministro, lo que pido respetuosamente es que haya una decisión rápida. No por mí, repito, sino por los profesionales la PGE que han estado viviendo estos tiempos en sucesivas crisis institucionales, que no abonan al fortalecimiento de una nueva institución, que es importante para la Defensa del Estado y la lucha contra la corrupción.
—¿Una decisión rápida en qué sentido?
Bueno, lo que pasa es que, con todo respeto, el ministro tiene que tomar una decisión respecto a este informe y hay dos posibilidades: acepta las conclusiones del informe y por lo tanto tendrá que elevar una resolución que firme la presidenta Dina Boluarte para mi cese, y designar otro procurador; o considerar que estos argumentos no son adecuados y, por lo tanto, no seguir las recomendaciones. Por el bien de la institución, yo prefiero que esta decisión se tome lo más pronto posible.
—Entiendo entonces que su postura es que el informe debería descartarse...
Sí, mi postura es que el informe no debería ser tomado en cuenta, pero yo respeto las funciones del ministro respecto al tema. Él es el que tiene que tomar la decisión.
—Ha trascendido que la PGE está solicitando información respecto a una presunta omisión de información en la declaración jurada del contralor Nelson Shack. ¿Es correcta esa información?
Es correcto. Esto nace de una denuncia ciudadana y nosotros, como corresponde profesionalmente, solicitamos información a las entidades correspondientes. En este caso, a la Contraloría General. No sabemos quién ha difundido ese oficio, pero no estamos tomando ninguna decisión ahí. Estamos pidiendo información, así como se pide a otras entidades cuando tenemos noticia de un presunto hecho de un alto funcionario. Estamos a la espera de la información, no se puede hacer ningún tipo de análisis si esa información no se tiene.
—A partir de esa información, ¿tendrán que evaluar si presentan una denuncia?
Como sucede con la información que pedimos respecto de los casos de todos los altos funcionarios, la PGE hace una evaluación. Si consideramos que hay algunos elementos iniciales de la comisión de un delito, a nivel de una sospecha simple, entonces la procuraduría proceda a presentar un pedido de inicio de investigaciones preliminares a la fiscal de la Nación. Lo hacemos en general con todos los altos funcionarios.