La presidenta Dina Boluarte fue denunciada constitucionalmente por la Fiscalía de la Nación por las muertes registradas durante las protestas sociales. (Foto: Presidencia)
La presidenta Dina Boluarte fue denunciada constitucionalmente por la Fiscalía de la Nación por las muertes registradas durante las protestas sociales. (Foto: Presidencia)
Redacción EC

La Segunda Sala Constitucional de la Corte de Justicia de Lima evaluó la apelación de la presidenta para anular la denuncia constitucional presentada en su contra por la por las muertes registradas durante las protestas sociales de diciembre del 2022 y enero del 2023.

Durante su intervención el abogado de la mandataria, Joseph Campos, consideró que la investigación del Ministerio Público contra Boluarte Zegarra es “inoportuna” y la denuncia constitucional tendría que ser archivada hasta el 2026, cuando culmine su mandato.

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“El problema no está allí. Recordemos esa denuncia que se hizo entre gallos y medianoche. El problema es la imputación. Hemos podido sufrir una lesión a un presidente de la república por esta narrativa institucionalizada que crea el Ministerio Público con esta investigación por delitos que son imposibles de cometer”, expresó.

“Lo que vimos esa violencia teníamos que controlarla. La omisión se descarta, pero sobre todo los delitos que se le imputan son de imposible realización”, agregó el defensor de la jefa de Estado.

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Por su parte, el fiscal Reynaldo Miranda recordó que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ya se pronunció sobre un pedido similar presentado por el golpista expresidente (2021-2022), razón por la cual la Segunda Sala Constitucional de Lima debería pronunciarse siguiendo el mismo criterio.

“Solicitamos que se tome en cuenta el criterio asumido por el juez supremo de investigación preparatoria en la tutela de derechos presentada por el expresidente Pedro Castillo contra la investigación preliminar seguida en su contra por la Fiscalía de la Nación en el expediente 11-2022, que también obtuvo el pronunciamiento de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema”, manifestó.

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“Lo que está realizando la Fiscalía de la Nación y la denuncia constitucional que se presentó en su momento está claramente justificada sobre cuestiones objetivas. Eliminamos cualquier cuestión subjetiva, cualquier vista política sobre la misma. El Ministerio Público procede de acuerdo a los hechos producidos y en ese sentido se ha procedido”, añadió.

Tras escuchar a ambas partes, los magistrados de la Segunda Sala Constitucional de Lima dejaron al voto el recurso de amparo presentado por la presidenta para archivar la denuncia constitucional que presentó la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides.

Boluarte Zegarra fue acusada de los presuntos delitos de omisión, homicidio calificado y lesiones graves en el marco de las manifestaciones sociales entre diciembre del 2022 y enero del 2023, luego de la destitución de Castillo Terrones por el Congreso.

Cabe indicar que en marzo pasado dicha sala ya había rechazado un pedido similar presentada por la defensa de la mandataria enfatizando que el Ministerio Público actuó dentro del marco legal.

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Además, el juez remarcó que los fiscales “cuentan con una autonomía interna”, por lo que sus funciones se deben desarrollar en un “marco exento de intervenciones ilegítimas de parte de otros funcionarios o particulares, e incluso de fiscales de mayor jerarquía”.