“Durante la etapa de ejecución de la obra ‘Sistema de Agua Potable de Chimbote –Lote 4′, los funcionarios Durich Whittembury Talledo, (ex) director ejecutivo del PARSSA , y Manuel Alfredo Beltrán Paz, (ex) director de Ingeniería del PARSSA, incumplieron con sus deberes. La aprobación del Expediente Técnico de la obra se realizó sin una adecuada revisión y evaluación, lo que revela una falta de diligencia y pericia técnica necesaria para una obra de tal magnitud.” Esta es parte de la imputación que el Ministerio Público le atribuye al flamante ministro de Vivienda, Durich Francisco Whittembury Talledo, en una investigación que se le sigue junto a otros exfuncionarios del sector Vivienda, por presuntas coimas pagadas por la empresa Odebrecht, para ser beneficiada con el referido proyecto.
Por ello, esta semana, el Poder Judicial (PJ) declaró fundada la propuesta provisional de US$ 42′890.841,35 como reparación civil, presentada por la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Lava Jato, según la resolución obtenida por El Comercio. Además, también se solicita otro monto por S/ 9′119.316 por el delito de Lavado de Activos, ilícito no atribuido al ahora ministro.
Los montos serán pagados de manera “solidaria” por los investigados en caso de ser hallados responsables de los delitos que se les imputan.
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Al ministro se le atribuyen los presuntos delitos de colusión agravada y asociación ilícita para delinquir, en su calidad de exdirector ejecutivo del Proyecto PARSSA (ex Proyecto Especial Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado-PRONAP) del Ministerio de Vivienda, vinculado al Proyecto ‘Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4′.
Según las pesquisas, junto a otros funcionarios de la época, habría realizado actos administrativos y decisiones que habrían terminado por beneficiar a Odebrecht con la obra valorizada en poco más de US$31 millones.
La jueza de Investigación Preparatoria, Margarita Salcedo, dejó a salvo el derecho de la procuraduría para variar o cambiar el monto en la etapa de investigación preparatoria.
Para sustentar su requerimiento, el despacho a cargo de la procuradora ad hoc, Silvana Carrión Odinola, precisó las imputaciones que la fiscalía investiga contra los doce implicados en este caso, entre ellos Whittembury Talledo.
En esa línea, la procuraduría recordó que la investigación preparatoria contra el ahora ministro de Vivienda y otros, se formalizó el 30 de octubre de 2023, en la Carpeta Fiscal N° 24-2019.
“La Procuraduría ha establecido como monto de postulación de la reparación civil la suma de US$ 42 ́ 890.841,35 por daño patrimonial y extrapatrimonial, así como el monto de S/ 9 ́119, 316.00 de daño extrapatrimonial por el delito de lavado de activos, reservándose la procuraduría el derecho de variar o cambiar en la etapa de investigación preparatoria.”
Margarita Salcedo, jueza de investigación preparatoria.
Los presuntos ilícitos del caso
Según la investigación, inicialmente fueron nueve los postores precalificados para participar en la licitación internacional de la obra. Situación que cambió en el 2004, cuando seleccionaron a los postores “aptos”, quedando solo tres consorcios; entre ellos el “Consorcio Odebrecht (Brasil)” que pasó a llamarse “Consorcio Constructor Río Santa”.
Según la declaración que brindó Jorge Barata, exdirector de Odebrecht en el Perú, a través del investigado Werner Guevara Vargas, concertaron con funcionarios implicados en la licitación a fin de que estos los favorezcan deliberadamente durante los procesos de precalificación y otorgamiento de la Buena Pro del “Proyecto Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4″. Esto ocasionó un perjuicio económico al Estado ascendente a US$ 6′076.577,76, debido a que se dejó de lado una oferta menor y se optó por la de Odebrecht.
A cambio, indicó Barata, se acordó un pago de US$1′150.000, el mismo que se haría conforme al flujo de la caja del proyecto.
“El colaborador eficaz Jorge Henrique Simoes Barata, quien indicó que la empresa Odebrecht aceptó el ofrecimiento que le hizo el investigado Werner Saúl Guevara Vargas y el pago del 5% de la propuesta contra la efectiva adjudicación del contrato”, señala la imputación fiscal.
Finalmente, el Comité Especial otorgó la Buena Pro al “Consorcio Constructor Río Santa” (Consorcio Odebrecht) por un monto de US$ 31′652.420,29, de acuerdo con el Informe de Evaluación de Propuestas Económicas de fecha 13 de enero del 2005.
El contrato de ejecución de obra se firmó el 27 de enero del 2005 y fue ejecutado por Odebrecht en el proyecto “Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4″.
Al momento de la firma del Contrato N° 008-2005-VIVIENDA/VMCS/PARSSA se evidenció que el monto negociado no correspondía al presupuesto referencial y por ello se habrían realizado “ajustes sin el debido sustento técnico”. Por ello, el presupuesto negociado de la obra quedó en US$27′357.868,18; que si bien era menor a los más de US$31 millones iniciales, la fiscalía señala que “no cumplía con los estándares de procedimiento y análisis adecuado.”
“La ejecución del contrato estuvo marcada por irregularidades y sobrecostos, resultando en un perjuicio económico para el Estado”, señaló la fiscalía.
En los señalamientos fiscales también se precisa que en el “sistema de operaciones estructuradas de Odebrecht” se encuentran órdenes de pago que detallan transferencias bancarias a un empresario y político peruano con el codinome “Pescador”, por un monto total de 176.980 dólares referido a este proyecto en Chimbote.
“Estos pagos, realizados a principios de 2009 por Olivio Rodríguez, alias ‘Gigolino’, estarían relacionados no con la ejecución, sino con la recepción de la obra ‘Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4′”, detallan entre los hechos.
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Los hechos irregulares atribuidos al flamante ministro de Vivienda
Según la investigación de la fiscalía, reseñada por la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Lava Jato, Durich Francisco Whittembury Talledo estaría implicado en la “etapa de ejecución” de la obra ‘Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4′; así como en los incrementos adicionales del presupuesto; por el presunto delito de colusión agravada.
Whittembury Talledo, en su condición de director ejecutivo del PARSSA y otro exfuncionario, indican la fiscalía, incumplieron con sus deberes. Ello debido a que la aprobación del expediente técnico de la obra se realizó “sin una adecuada revisión y evaluación”, lo que revela una falta de diligencia y pericia técnica necesaria para una obra de tal magnitud por parte de ambos funcionarios.
“Este incumplimiento ha generado modificaciones contractuales que incluyeron 6 presupuestos adicionales y 6 presupuestos deductivos, implicando gastos administrativos significativos para su procesamiento. Los presupuestos adicionales N° 04, 05 y 06 fueron aprobados sin la debida autorización del titular, contraviniendo las cláusulas contractuales y los procedimientos establecidos”, se precisa en las imputaciones del Ministerio Público.
Por ejemplo, se señala que, sobre el “Presupuesto Adicional de Obra N° 06″ por la suma de US$3′394.388,11, se detectó que no contó con planos reglamentarios y justificativos adecuados, lo cual no se enmarca dentro de una justificación necesaria prevista contractualmente.
“Fueron aprobados sin una debida evaluación técnica y económica, reflejando inconsistencia y sobrecostos. Los funcionarios del PARSSA, en complicidad con el investigado Werner Guevara Vargas, presuntamente autorizaron estos presupuestos adicionales sin el análisis adecuado, violando las normas de contratación y adquisiciones del Estado”.
Ministerio Público
En este hecho ilícito, precisa la fiscalía, estarían implicados diez funcionarios de la época del programa PARSSA, entre ellos Whittembury Talledo.
Sobre el delito de asociación ilícita para delinquir, la imputación fiscal refiere que se habría formado una asociación delictiva encabezada por el investigado Werner Saúl Guevara Vargas y otros, durante el período comprendido entre los años 2004-2011, destinada a cometer diversos ilícitos penales, entre ellos delitos contra la Administración Pública (corrupción de funcionarios, colusión) y Lavado de Activos, estableciéndose vínculos de orden horizontal y vertical con los funcionarios públicos del PARSSA, en el marco de la Licitación Pública Internacional N° 0003-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA y la ejecución del proyecto “Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4″.
¿Cómo sería el pago solidario de los más de US$42 millones de reparación civil?
En este proceso, la propuesta del monto de la reparación civil provisional realizada por la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Lava Jato; y aceptada por el Poder Judicial, se ha englobado en la suma de US$ 42′890.841,35 y S/ 9′119.316; la cual deberá ser pagada de manera solidaria entre los investigados que han participado de cada uno de los hechos que ha descrito en su requerimiento.
Por ende, no descartó que a futuro también puedan incorporarse a “terceros civilmente responsables”, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 93° y 95° del Código Penal.
Por el momento, la distribución de la reparación civil provisional solidaria quedó establecida en tres delitos: Por el delito de colusión, se estableció la suma de US$12′130.947,07, correspondientes al “perjuicio patrimonial producido”.
Por este mismo delito, pero por el “daño extrapatrimonial”, traducido en la afectación del derecho a la identidad institucional del Estado generado como consecuencia de la comisión del delito de colusión agravada, la reparación civil ascenderá a la suma de US$24′261.894,14 .
“Es decir, el equivalente al doble del daño patrimonial, que deberán pagar de manera solidaria los investigados descritos en el numeral 6.35″, indicó la Procuraduría.
Por el delito contra la Tranquilidad Pública, en la modalidad de asociación ilícita para delinquir, se configura un “daño extrapatrimonial” traducido también en la afectación del derecho a la identidad institucional del Estado; por lo que la reparación civil solidaria asciende a la suma US$3‘014.135,70 .
“Es decir, el equivalente al doble de las ganancias (utilidades) obtenidas por la captura del proyecto materia de investigación, que deberán pagar de manera solidaria los investigados descritos en el numeral 6.50.”, se explicó.
Finalmente, por el delito de lavado de activos, calificado como “daño extrapatrimonial”; y cuya consecuencia proviene de la comisión del delito de cohecho pasivo propio y cohecho activo genérico -que también se imputa en el caso a otros investigados- la reparación civil asciende a la suma de US$ 3 ́483,864.44 dólares americanos y S/ 9,119,316.00 soles, monto que representa el doble del monto efectivamente lavado en el presente caso, que deberán pagar de manera solidaria los investigados.
Cabe precisar que el Ministerio Público no formuló oposición al requerimiento de constitución como actor civil de la Procuraduría para los Casos Lava Jato y tampoco contra la pretensión provisional de la reparación civil.
Defensa de Durich Whittembury se opuso al no estar investigado por lavado de activos
Antes de la decisión adoptada por el juzgado, la defensa legal del ahora ministro Durich Francisco Whittembury Talledo se opuso al requerimiento de la procuraduría, y solicitó que se declare infundada la constitución como actor civil de esta, así como la pretensión de la reparación civil.
En su escrito, reseñó la judicatura, se alegó que el pedido no cumplía con los presupuestos que exige la norma procesal penal, además, porque su patrocinado no está comprendido en el delito de lavado de activos.
Mientras que, sobre el presunto delito de colusión agravada, señaló que se solicitó un monto sobre daño patrimonial y extrapatrimonial, como si el caso fuera un solo hecho.
Ante ello, la jueza Salcedo Guevara rechazó la oposición de la defensa legal del ahora ministro de Vivienda, señalando que respecto a la imputación de hechos correspondía a la imputación penal que corresponde a otro estadío procesal, como el juzgamiento.
Mientras que el argumento de que Whittembury Talledo no está comprendido por el presunto delito de lavado de activos; la magistrada señaló que, en efecto, la fiscalía ha precisado que el investigado no está comprendido por dicho delito. Sin embargo, advirtió que la procuraduría ya había señalado que en la etapa de investigación preparatoria en la que se encuentra el caso, se trata de un “monto inicial provisional”.
La magistrada también indicó que la procuraduría no sólo ha disgregado la reparación civil postulada por hechos, sino que también ha cumplido con precisar qué investigados estarían involucrados en dichos hechos antijurídicos; por lo que se cumple con las garantías suficientes para salvaguardar el derecho de defensa de los sujetos procesales.
Mientras que, sobre la “cuantificación” del monto de la reparación civil determinada en US$ 42′890.841,35 y S/ 9′119.316 señaló que “será objeto de análisis y determinación en la etapa estelar del proceso, (ya que) en esta etapa solo se requiere una propuesta de pretensión civil, por lo que no es de recibo la oposición formulada”.
Al cierre de este informe, el abogado Elías Jesús Silva, representante legal de Whittembury, dijo a El Comercio que la única participación de este en la etapa de ejecución es haber aprobado los adicionales 4, 5 y 6. “Esto lo realizó siguiendo los procedimientos legales, con informes técnicos legales previos que opinaban a favor del adicional, por lo tanto, no existe una irregularidad de su parte”, afirmó.
El abogado añadió que Barata no sindica a Durich Whittembury. Y añadió: “El hecho de que él [Whittembury] haya gestionado la declaración de nulidad del contrato que beneficiaba a Odebrecht evidencia que no es cierto que formaba parte de alguna asociación o de que existía un pacto colusorio. Durante su gestión, se designó primero al Comité Especial recompuesto y después al Comité de Negociación. Este último logró que se reduzca el monto del contrato a 27 millones, lo que evidencia una gestión eficiente para el Estado”.
El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Durich Whittembury, respondió algunas preguntas a través de su abogado Elías Silva.
-La Fiscalía le imputa los presuntos delitos de colusión agravada y asociación ilícita para delinquir, en su rol de exdirector ejecutivo del PARSSA del Ministerio de Vivienda, por su presunta participación en la etapa de ejecución e incremento presupuestal del Proyecto Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4 a favor del consorcio integrado por Odebrecht, ¿cuál es su versión respecto a este señalamiento?
La única participación de Durich Whittembury en la etapa de ejecución es haber aprobado los Adicionales 4, 5 y 6. Esto lo realizó siguiendo los procedimientos legales, con informes técnicos legales previos que opinaban a favor del adicional, por lo tanto, no existe una irregularidad de su parte.
Sobre el delito de asociación ilícita, hay que tener en cuenta el contexto y lo que dice el señor Jorge Barata. Él dice que Werner Saúl Guevara le dijo que él tenía amigos en el Ministerio y que estos amigos le podían dar el otorgamiento de la buena pro de la obra de Chimbote. Jorge Barata no sindica a Durich Whittembury. La Licitación Pública Internacional se convocó en agosto de 2004 y el otorgamiento de la buena pro se publicó en el diario oficial El Peruano el 29 de enero de 2005, y en aquellas fechas Durich Whittembury no era Director Ejecutivo del PARSSA. Él es designado como Director Ejecutivo del PARSSA el 16 de febrero de 2005 y antes de dicha fecha no tenía ninguna vinculación con el PARSSA. Como consecuencia del otorgamiento de la buena pro se firma el Contrato 4-2005, esto es, antes de que él ocupe el mencionado cargo. Cuando él ingresa, gestiona que el Ministro de Vivienda declare la nulidad del primer contrato (4-2005), que tenía un monto de más de 31 millones. El hecho de que él haya gestionado la declaración de nulidad del contrato que beneficiaba a Odebrecht evidencia que no es cierto que formaba parte de alguna asociación o de que existía un pacto colusorio. Durante su gestión, se designó primero al Comité Especial recompuesto y después al Comité de Negociación. Este último logró que se reduzca el monto del contrato a 27 millones, lo que evidencia una gestión eficiente para el Estado. El sentido común te dice que si hubiera habido asociación ilícita o colusión el Contrato 4-2005 de 31 millones no hubiera sido anulado, pero lo fue y porque el Manual del Banco de Cooperación Internacional de Japón (JBIC) lo permitía se negoció el monto del contrato y se redujo a 27 millones.
-El Poder Judicial, en una reciente resolución de la semana pasada, admitió el pedido de reparación civil provisional de más de $42 millones de dólares, que sería pagada de manera solidaria, dentro del proceso que se le sigue a usted por el caso Odebrecht-Lote 4. Según la resolución, usted y su defensa legal se opusieron. ¿Cuál es su posición ahora que el PJ ya emitió su decisión admitiendo la constitución de la Procuraduría AD HOC y su pretensión provisional?
La Procuraduría no ha solicitado reparación civil, sino lo que ha pedido es constituirse como actor civil. Esta es una solicitud a través de la cual se pide ser parte en la investigación preparatoria. Lo que la defensa ha hecho es oponerse, porque considera que la solicitud no está redactada conforme lo exige el Código Procesal Penal. Esa es la posición de la defensa. El Juzgado no ha acogido la oposición de la defensa y esa decisión puede ser objeto de apelación. La decisión del Poder Judicial lo que hace es decir que la Procuraduría sea parte de la investigación preparatoria, más no fija monto de reparación civil. Oponerse es el ejercicio regular del derecho de defensa, no debe malinterpretarse.
-¿Concurrirá usted al Congreso de ser citado para que explique esta vinculación a hechos de corrupción reconocidos por Jorge Barata y Odebrecht en la licitación del Proyecto Sistema de Agua Potable de Chimbote – Lote 4 ?
Sí, me imagino que él va a asistir y va a esclarecer que no tiene ningún vínculo con el señor Barata, no se conocen, no tienen ninguna llamada y no ha tenido relación con Odebrecht.