La presidencia del Poder Judicial (PJ) dispuso la suspensión de labores, plazos procesales y administrativos hasta el 10 de mayo, luego de que el Ejecutivo ampliara el estado de emergencia por el coronavirus (COVID-19).
A través de una resolución emitida este domingo, el PJ reiteró las disposiciones con las que habilita competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los distritos judiciales del país, para tramitar solicitudes de conversión automática de penas que presenten las personas condenadas por el delito de omisión a la asistencia familiar.
También reitera la exhortación a todos los jueces penales, incluidos quienes integran los órganos jurisdiccionales de emergencia, que resuelvan de oficio y/o a pedido de la parte legitimada la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad, que estén bajo su competencia, a fin de evaluar modificaciones en su condición jurídica.
El Poder Judicial, además, recordó que habilita competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los Distritos Judiciales del país, para tramitar solicitudes de beneficios penitenciarios, como liberación condicional; las que se resolverán mediante audiencias virtuales.
“Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país emitirán las medidas que sean pertinentes, para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales designados”, indica la resolución.
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