Ollanta Humala se pronunció tras conocerse los resultados a boca de urna del Referéndum 2018. (Foto: Agencia Andina)
Ollanta Humala se pronunció tras conocerse los resultados a boca de urna del Referéndum 2018. (Foto: Agencia Andina)
Redacción EC

La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó el fallo que el juez Richard Concepción Carhuancho dictó, , en contra de una tutela de derechos presentada por el ex presidente y su esposa , quienes solicitaron incorporar pruebas a la pesquisa que afrontan el presunto delito de lavado de activos.

Humala y Heredia son investigados por el equipo especial Lava Jato del Ministerio Público por el aporte de US$3 millones que , según el testimonio del ex representante de la constructora brasileña en el Perú Jorge Barata, entregó a la campaña presidencial del Partido Nacionalista en el 2011.

El ex jefe de Estado pidió trasladar ocho pruebas de las carpetas de la línea 1 del Metro de Lima, carretera Interoceánica Sur y árbitros a su investigación.

El tribunal, dirigido por el juez René Eduardo Martínez Castro, estableció en su resolución, a la que accedió El Comercio, que la imputación a Ollanta Humala y Nadine Heredia “no es la misma” a la de los casos mencionados líneas arriba. 

"Siendo el único común denominador entre todas estas causas el hecho de que la empresa Odebrecht actúa como presunto agente corruptor mediante coimas o dádivas. En tal sentido, podemos concluir que entre sí no existe ninguna otra circunstancia que evidencie que exista conexión procesal entre estos procesos”, subraya.

La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional también explica que “los elementos de convicción no se ajustan al requisito de la pertinencia”, debido a que los documentos que Humala y Heredia solicitaron incorporar a su investigación están relacionados a funcionarios públicos que habrían recibido coimas de la constructora brasileña.

Estos casos, agrega el documento, no tratan sobre aportes de campaña ni están vinculados a dádivas en ese contexto.

“Siguiendo dicha línea argumental tenemos que la circunstancia en el que la empresa Odebrecht habría entregado dádivas a los imputados en el presunto caso de ‘aportes de campaña’ es en el contexto de una campaña electoral, mientras que el que se habrían entregado coimas en los casos Línea 1, Interoceánica y árbitros era un contexto de actos preparatorios, celebración y ejecución de contrataciones con el Estado, por lo que, resultaría evidente que los métodos subrepticios practicados por la presunta empresa Odebrecht, no podrían ser los mismos, debido al objeto y destino del dinero indebidamente desembolsado”, refiere el fallo.

El tribunal, además, indica que en la resolución del juez Concepción Carhuancho “no se advierte ninguna violación flagrante al derecho de defensa” del ex jefe de Estado y de la ex primera dama.

“En consecuencia corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los imputados y confirmar la resolución de primera instancia que declaró infundado el pedido de tutela de derechos”, acota.

Este Diario intentó comunicarse con el ex ministro del Interior Wilfredo Pedraza, quien es abogado de Ollanta Humala y Nadine Heredia. Sin embargo, este no respondió a nuestras llamadas.