El candidato a la Alcaldía de Lima por Podemos Perú, Daniel Urresti, dijo esperar este lunes que el Jurado Nacional de Elecciones y el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro no van a permitir que se le retire de la contienda ante un nuevo pedido de exclusión contra él.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro solicitó este lunes al Juzgado Penal 17 de la Corte Superior de Lima “a la brevedad posible y con celeridad” información sobre el estado procesal actual de Daniel Urresti, pues en el 2017 se le sentenció por el delito de difamación agravada.
El ciudadano Belisario Sueldo solicitó la exclusión el último sábado. Manifestó que el ex ministro del Interior tiene una sentencia “consentida y ejecutoriada” de un año de pena privativa de libertad suspendida por difamar al ex jefe de la Región Policial Suroriente Rodrigo Prada.
“Yo lo que puedo ver es que los poderosos, cuando escuchan que alguien quiere gobernar para los pobres, que alguien tiene la posibilidad de ganar unas elecciones para poner en prioridad a los vecinos de las laderas, de los asentamientos humanos, se ponen nerviosos y quieren utilizar todas las artimañas posibles para sacarme de la carrera”, manifestó en diálogo con la prensa.
“Saben que estoy a un paso de ser el nuevo alcalde de Lima y que yo no voy a permitir la corrupción. Tengo fe y confianza en que el JNE y el JEE no van a permitir que se me corten las piernas a estas alturas. Los únicos que van a perder son mis vecinos de las laderas. Eso es lo que hacen los poderosos, los que tienen dinero”, agregó.
Según dijo Daniel Urresti, la Constitución Política del Perú le da la potestad de defenderse hasta la última instancia posible, “más ahora a una semana de una elección. Los ricos, los poderosos saben que no me voy a casar con ellos”.
“Hoy a las 4 p.m. el personero legal ha presentado toda la documentación del caso, toda la documentación probatoria de que esto no está consentido, de que estoy ejerciendo mi derecho a la defensa”, remarcó.
Cabe destacar que el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, en el artículo 39.2, señala que el JEE dispone la exclusión de un candidato cuando este tenga una condena “consentida o ejecutoriada con pena privativa de la libertad”.